El Registro electrónico del Ayuntamiento es el equivalente, en línea, al Registro General presencial. Se puede utilizar todos los días del año durante las 24 horas, evita desplazamientos y permite la tramitación desde cualquier lugar.
Para presentar una solicitud o escrito al Registro electrónico y obtener el número de registro de entrada, hay que acceder desde alguno de los trámites del catálogo que tenga habilitada la posibilidad de su tramitación electrónica.
El objetivo es ir incorporando progresivamente más trámites municipales que permitan a la ciudadanía relacionarse por medios electrónicos con el Ayuntamiento.
Para utilizar el Registro electrónico es necesario tener correctamente instalado un certificado digital con el fin de identificarse y firmar electrónicamente la solicitud. Los pasos a seguir son los siguientes:
Puede guardarse el PDF del justificante en su ordenador o consultarlo cuando quiera en su Carpeta ciudadana, en el apartado Buzón de documentos. Además, recibirá un correo electrónico con la confirmación de la presentación.
El justificante de la presentación contendrá la siguiente información:
a) Copia o reproducción literal de la solicitud, escrito o comunicación presentada
b) Fecha y hora de presentación y número de entrada en el Registro
c) Relación de los documentos adjuntados y resumen criptográfico de cada uno de ellos
d) Código seguro de validación para contrastar su autenticidad
La no emisión del justificante o la recepción de un mensaje de error o deficiencia en la transmisión supondrá que no se ha producido la recepción de la petición al Ayuntamiento.
La presentación en el Registro se puede hacer en nombre propio o por medio de un representante, de acuerdo con lo que prevé la legislación general y lo que establece la Ordenanza reguladora de la Administración electrónica del Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat. En estos supuestos, la validez de las actuaciones realizadas estará sujeta a la acreditación de la representación.
El inicio del cómputo de los plazos está determinado por la fecha y la hora de presentación en el Registro, que se rige por la hora y la fecha oficial de la Sede electrónica del Ayuntamiento.
La recepción en el Registro en un día inhábil se entenderá efectuada el primer día hábil siguiente. En la Sede electrónica del Ayuntamiento está la relación de los días inhábiles del año en curso.
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