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Licencia de obra menor

Solicitud de licencia para realizar obras del siguiente tipo:

  1. Obras de rehabilitación de viviendas o locales con afectación estructural.
  2. Intervenciones sobre elementos estructurales.
  3. Obras de instalación de ascensores y elevadores y otros elementos de accesibilidad tanto interiores como exteriores, excepto las rampas interiores.
  4. Construcciones auxiliares con una superficie máxima de 15 m² y en caso de ser provisionales hasta 50 m².
  5. Instalación de andamios, puentes, grullas y similares (en general medios auxiliares relacionados con intervenciones del edificio que les requieran, fachadas, instalación bajantes, conductas de ventilación, pintado...) con ocupación de vía pública.
  6. Colocación de carteleras y vallas publicitarias visibles desde la vía pública.
  7. Instalación de marquesinas (excluidas las de transporte público).
  8. Instalación de antenas de telefonía móvil (si comporta refuerzo estructural).
  9. La demolición total o parcial de las construcciones y las edificaciones.
  10. Los movimientos del suelo y las obras de desmontaje o explanación en cualquier clase de suelo.
  11. Todas aquellas obras no previstas expresamente pero asimilables en cuanto a entidad y naturaleza.
  12. Obras derivadas de órdenes de ejecución y de restauración de la legalidad urbanística asimilables en cuanto a entidad y naturaleza a las recogidas en los párrafos anteriores.

Excepciones a la tramitación mediante licencia de obra menor.
Se tramitará como comunicación previa la instalación de grullas-torre si, sobre la obra en que fuera necesario este medio auxiliar ya disfrutes de la correspondiente autorización administrativa. En cualquier caso, y para su implantación, hará falta la presentación de la documentación específica recogida en el artículo 12 apartado C del Ordenanza municipal reguladora de las actuaciones de naturaleza urbanística sujetas a control municipal.

La persona titular de la obra/actividad, o quien actúe en su representación, debidamente acreditada, y en el caso de personas jurídicas su representante legal. En este caso se tiene que aportar documento que acredite la representación.

En caso de actuar a la persona representante, si no está inscrita en LO REPRESENTA, hace falta que aportéis la documentación que os acredita como representante para hacer el trámite. Si os queréis inscribir lo podéis hacer en la dirección siguiente: https://www.l-h.cat/representa

La resolución del procedimiento para otorgar o denegar la licencia de obras está sujeta al siguiente plazo, a contar desde la presentación de la solicitud y la documentación requerida para su tramitación:
  1. Dos meses para una licencia de deconstrucció.

  2. Un mes para una licencia de obras menores (excepto licencia de deconstrucció).

  3. Si se tramita un procedimiento de licencia de obras simultáneamente con expedientes sujetos a licencia de actividades, el plazo para resolver será el que se disponga según el régimen de tramitación a que esté sometida la actividad.
El cómputo del plazo de resolución quedará suspendido durante el plazo establecido a la normativa sectorial de aplicación para obtener el informe preceptivo de otra administración pública, durante el tiempo utilizado para la enmienda de deficiencias y en otros supuestos legalmente previstos. El cómputo del plazo se reanuda una vez enmendada o mejorada la documentación o recibos todos los informes solicitados.

Instrucciones sobre la documentación a aportar
Los ficheros han de tener formato PDF y estar firmados electrónicamente. El proyecto técnico tiene que ir con marcadores de contenido (ver descargable) y siguiendo las siguientes criterios. El peso máximo del total de documentos a presentar es de 48 MB. Es necesario optimizar los documentos pdf para reducir al máximo su peso. Consultad cómo hacerlo en las páginas de ayuda de la web de Adobe .

Documentación general

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Proyecto técnicoObligatorioTelemático y presencialDescarregar
Asume técnico de obraObligatorioTelemático y presencialDescarregar
Declaración responsable técnico régimen de tramitaciónObligatorioTelemático y presencialDescarregar
Declaración jurada contratistaObligatorioTelemático y presencialDescarregar
Estudio básico de seguridad y salud firmado por un técnico/aObligatorioTelemático y presencial

En caso de instalación de bastidas o medios auxiliares

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Asume técnico de bastida o medio auxiliarObligatorioTelemático y presencialDescarregar

En caso de afectación estructural

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Asume de permanencia en obraObligatorioTelemático y presencialDescarregar

Grúas

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Asume control, buen funcionamiento y seguridadObligatorioTelemático y presencial
Certificado a efecte tramitaciónObligatorioTelemático y presencial
Certificado empresa instaladora de la instalación y perfecto estado de funcionamientoObligatorioTelemático y presencial
Póliza del seguroObligatorioTelemático y presencial
Llegenda
Tipo de documentación a aportar
  • Opcional
  • Obligatorio
Presentació
  • Presencial
  • Telemático
  • Ambas

Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .

  1. Pulse sobre el botón Tramitar on-line.
  2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
  3. Rellene el formulario que se abrirá.
  4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
  5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.

Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

Tramitar on-line


La documentación anexa a la solicitud se aportará en apoyo electrónico , con las siguientes características:

  • Planos en versión editable y en versión pdf con firma digital
  • Resta de documentación en versión pdf con firma digital
Presentad la documentación que se menciona acto seguido, en las oficinas indicadas

Instancia en papel

Solicitud

Documentación necesaria


  • Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo.
  • Decreto legislativo 64/2014, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre la protección de la legalidad urbanística
Según las ordenanzas fiscales vigentes.
Teniente de Alcalde o Concejal/a del área

Las deficiencias que se detecten por los servicios municipales en la solicitud de licencia, serán comunicadas a la persona interesada, para que en el plazo máximo de diez días proceda a su enmienda.

En caso de no enmendar las deficiencias comunicadas en el plazo señalado, se tendrá a la persona interesada por desistit/da de su petición, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Están sujetos a licencia urbanística previa todos los actos de transformación o utilización del suelo o del subsuelo, de edificación, de construcción o deconstrucció de obras.

A efectos administrativos de tramitación de las licencias y según su naturaleza, las licencias de obras se clasifican en mayores o menores .

Las licencias se otorgan sin perjuicio del resto de autorizaciones que sean preceptivas de acuerdo con la legislación de régimen local o sectorial.

no están sujetos a licencia urbanística:

  1. Las obras de urbanización que constan en los planes y los proyectos debidamente aprobados definitivamente.
  2. Las parcelaciones o la división de fincas incluidas en un proyecto de reparcelación
  3. Las obras y actuaciones a realizar que en función de su entidad, o la legislación urbanística, se sujeten al régimen de comunicación previa o declaración responsable