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Reclamación de consumo

Presentación en la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de quejas, reclamaciones o denuncias en relación a problemas o conflictos en la compra de productos o en prestación de servicios.

  • Las personas consumidoras (personas físicas o jurídicas), compradoras de productos o usuarias de servicios, siempre que no actúen en un ámbito de actividad empresarial o profesional.
  • Los autónomos y las Pymes de menos de 10 trabajadores, en lo que corresponde a los servicios básicos (agua, gas, electricidad, transportes, medios audiovisuales, servicios postales, telefonía, internet, servicios sanitarios, asistenciales, financieros y de seguros) y a los de trato continuado.
  • La OMIC de L'Hospitalet tiene competencia y puede intervenir en conflictos de consumo cuando la persona consumidora o bien la parte reclamada están domiciliadas en L'Hospitalet.

  • Se tiene que haber presentado la reclamación a la empresa.

Cuando surja un problema o un conflicto en materia de consumo que no haya podido resolver. Previamente, se tiene que haber presentado la reclamación a la empresa.

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Acta de inspecciónObligatorioTelemático y presencial
CartaObligatorioTelemático y presencial
DenunciaObligatorioTelemático y presencial
FacturasObligatorioTelemático y presencial
FotografíaObligatorioTelemático y presencial
Informe de la mediaciónObligatorioTelemático y presencial
Interlocutoria de la sentencia en firmeObligatorioTelemático y presencial
Justificante de compraObligatorioTelemático y presencial
Justificante de recepciónObligatorioTelemático y presencial
LaudeObligatorioTelemático y presencial
OficioObligatorioTelemático y presencial
ReclamaciónObligatorioTelemático y presencial
RecursoObligatorioTelemático y presencial
Registro de imagen en movimientoObligatorioTelemático y presencial
Registro sonoroObligatorioTelemático y presencial
ResoluciónObligatorioTelemático y presencial
SentenciaObligatorioTelemático y presencial
Llegenda
Tipo de documentación a aportar
  • Opcional
  • Obligatorio
Presentació
  • Presencial
  • Telemático
  • Ambas

Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .

  1. Pulse sobre el botón Tramitar on-line.
  2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
  3. Rellene el formulario que se abrirá.
  4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
  5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.

Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

Documentación necesaria

  • Documentación relativa al caso (facturas, contratas, publicidad, fotografías, etc).
  • En caso de que se actúe por representación (comunidades, asociaciones, sociedades): documento acreditativo de la representación de la persona que firma la solicitud (acta de nombramiento, escritura, estatutos..).

Tramitar on-line

Puede aportar la documentación necesaria en cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente. Puede consultar los puntos de registro a www.l-h.cat/oficinesregistre

Instancia en papel

Solicitud

  • Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña.
  • Real Decreto Legislativo 1/2007, Refundida de la Ley general para la defensa de los consumidores y usuarios.
Resolución OMIC

Consulte la información sobre las características y requisitos del procedimiento de mediación de consumo en el documento adjunto.

La OMIC estudiará la reclamación/queja/denuncia presentada y determinará su curso:

  1. Mediación (intervención de la OMIC para ayudar a las partes y facilitar la obtención de un acuerdo satisfactorio).
  2. Derivación a la inspección de consumo o a otros servicios o administraciones competentes.
  3. Traslado a la Junta Arbitral de Consumo de L'Hospitalet si resulta procedente.