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Licencia de obra menor

Solicitud de licencia para realizar obras del siguiente tipo:

  1. Obras de rehabilitación de viviendas o locales con afectación estructural.
  2. Intervenciones sobre elementos estructurales.
  3. Obras de instalación de ascensores y elevadores y otros elementos de accesibilidad tanto interiores como exteriores, excepto las rampas interiores.
  4. Construcciones auxiliares con una superficie máxima de 15 m² y en caso de ser provisionales hasta 50 m².
  5. Instalación de andamios, puentes, grullas y similares (en general medios auxiliares relacionados con intervenciones del edificio que les requieran, fachadas, instalación bajantes, conductas de ventilación, pintado...) con ocupación de vía pública.
  6. Colocación de carteleras y vallas publicitarias visibles desde la vía pública.
  7. Instalación de marquesinas (excluidas las de transporte público).
  8. Instalación de antenas de telefonía móvil (si comporta refuerzo estructural).
  9. La demolición total o parcial de las construcciones y las edificaciones.
  10. Los movimientos del suelo y las obras de desmontaje o explanación en cualquier clase de suelo.
  11. Todas aquellas obras no previstas expresamente pero asimilables en cuanto a entidad y naturaleza.
  12. Obras derivadas de órdenes de ejecución y de restauración de la legalidad urbanística asimilables en cuanto a entidad y naturaleza a las recogidas en los párrafos anteriores.

Excepciones a la tramitación mediante licencia de obra menor.
Se tramitará como comunicación previa la instalación de gruas-torre si, sobre la obra en que fuera necesario este medio auxiliar ya disfrutes de la correspondiente autorización administrativa. En cualquier caso, y para su implantación, hará falta la presentación de la documentación específica recogida en el artículo 12 apartado C del Ordenanza municipal reguladora de las actuaciones de naturaleza urbanística sujetas a control municipal.

La persona titular de la obra/actividad, o quien actúe en su representación, debidamente acreditada, y en el caso de personas jurídicas su representante legal. En este caso se tiene que aportar documento que acredite la representación.

En caso de actuar a la persona representante, si no está inscrita en EL REPRESENTA, hace falta que aportéis la documentación que os acredita como representante para hacer el trámite. Si os queréis inscribir lo podéis hacer en la dirección siguiente: https://www.l-h.cat/representa

La resolución del procedimiento para otorgar o denegar la licencia de obras está sujeta al siguiente plazo, a contar desde la presentación de la solicitud y la documentación requerida para su tramitación:
  • Dos meses para una licencia de deconstrucció.
  • Un mes para una licencia de obras menores (excepto licencia de deconstrucció).

Si se tramita un procedimiento de licencia de obras simultáneamente con expedientes sujetos a licencia de actividades, el plazo para resolver será el que se disponga según el régimen de tramitación a que esté sometida la actividad.

El cómputo del plazo de resolución quedará suspendido durante el plazo establecido a la normativa sectorial de aplicación para obtener el informe preceptivo de otra administración pública, durante el tiempo utilizado para la enmienda de deficiencias y en otros supuestos legalmente previstos. El cómputo del plazo se reanuda una vez enmendada o mejorada la documentación o recibos todos los informes solicitados.
La resolución del procedimiento para otorgar o denegar la licencia de obras está sujeta al siguiente plazo, a contar desde la presentación de la solicitud y la documentación requerida para su tramitación:
  • Dos meses para una licencia de deconstrucció.
  • Un mes para una licencia de obras menores (excepto licencia de deconstrucció).
Si se tramita un procedimiento de licencia de obras simultáneamente con expedientes sujetos a licencia de actividades, el plazo para resolver será el que se disponga según el régimen de tramitación a que esté sometida la actividad.

El cómputo del plazo de resolución quedará suspendido durante el plazo establecido a la normativa sectorial de aplicación para obtener el informe preceptivo de otra administración pública, durante el tiempo utilizado para la enmienda de deficiencias y en otros supuestos legalmente previstos. El cómputo del plazo se reanuda una vez enmendada o mejorada la documentación o recibos todos los informes solicitados.
Transcurrido el plazo legal sin que el ayuntamiento haya notificado ninguna resolución, la petición se entenderá desestimada.

Instrucciones sobre la documentación a aportar
Los ficheros han de tener formato PDF y estar firmados electrónicamente. El proyecto técnico tiene que ir con marcadores de contenido (ver descargable) y siguiendo las siguientes criterios. El peso máximo del total de documentos a presentar es de 48 MB. Es necesario optimizar los documentos pdf para reducir al máximo su peso. Consultad cómo hacerlo en las páginas de ayuda de la web de Adobe .

Documentación general

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Proyecto técnicoObligatorioTelemático y presencialDescarregar
Asume técnico de obraObligatorioTelemático y presencialDescarregar
Declaración responsable técnico régimen de tramitaciónObligatorioTelemático y presencialDescarregar
Declaración jurada contratistaObligatorioTelemático y presencialDescarregar
Estudio básico de seguridad y salud firmado por un técnico/aObligatorioTelemático y presencial
Autorización de representaciónOpcionalTelemático y presencialDescarregar

En caso de instalación de bastidas o medios auxiliares

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Asume técnico de bastida o medio auxiliarObligatorioTelemático y presencialDescarregar

En caso de afectación estructural

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Asume de permanencia en obraObligatorioTelemático y presencialDescarregar

Grúas / Derribos

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Asume control, buen funcionamiento y seguridadObligatorioTelemático y presencial
Certificado a efecte tramitaciónObligatorioTelemático y presencial
Certificado empresa instaladora de la instalación y perfecto estado de funcionamientoObligatorioTelemático y presencial
Póliza del seguroObligatorioTelemático y presencial
Declaración responsable de finalización de trabajos, desplazamiento o anulación de servicios afectadosObligatorioTelemático y presencialDescarregar
Llegenda
Tipo de documentación a aportar
  • Opcional
  • Obligatorio
Presentació
  • Presencial
  • Telemático
  • Ambas

Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .

  1. Pulse sobre el botón Tramitar on-line.
  2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
  3. Rellene el formulario que se abrirá.
  4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
  5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.

Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

Tramitar on-line


La documentación anexa a la solicitud se aportará en apoyo electrónico , con las siguientes características:

  • Planos en versión editable y en versión pdf con firma digital
  • Resta de documentación en versión pdf con firma digital
Presentad la documentación que se menciona acto seguido, en las oficinas indicadas

Instancia en papel

Solicitud

  • Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo.
  • Decreto 64/2014, de 13 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento sobre protección de la legalidad urbanística
Según las ordenanzas fiscales vigentes.
Teniente de Alcalde o Concejal/a del área

Las deficiencias que se detecten por los servicios municipales en la solicitud de licencia, serán comunicadas a la persona interesada, para que en el plazo máximo de diez días proceda a su enmienda.

En caso de no enmendar las deficiencias comunicadas en el plazo señalado, se tendrá a la persona interesada por desistida de su petición, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Están sujetos a licencia urbanística previa todos los actos de transformación o utilización del suelo o del subsuelo, de edificación, de construcción o deconstrucció de obras.

A efectos administrativos de tramitación de las licencias y según su naturaleza, las licencias de obras se clasifican en mayores o menores .

Las licencias se otorgan sin perjuicio del resto de autorizaciones que sean preceptivas de acuerdo con la legislación de régimen local o sectorial.

No están sujetos a licencia urbanística:

  1. Las obras de urbanización que constan en los planes y los proyectos debidamente aprobados definitivamente.
  2. Las parcelaciones o la división de fincas incluidas en un proyecto de reparcelación
  3. Las obras y actuaciones a realizar que en función de su entidad, o la legislación urbanística, se sujeten al régimen de comunicación previa o declaración responsable

Preguntas Frecuentes

  • ¿ Necesito un permiso para hacer cualquier obra en casa?
Sí. Por regla general, cualquier actuación que hagas en casa requiere algún tipo de trámite con el Ayuntamiento. La ventaja es que, dependiendo de si la obra es pequeña o grande, el trámite puede ser muy sencillo (como una declaración responsable de obras) e inmediato (como una comunicación previa de obras) o requerir más tiempo y documentación (como una licencia de obras).
  • ¿ Qué es una "declaración responsable de obras" y para qué sirve?
Es el trámite más rápido y sencillo. Sirve para obras de mantenimiento o reparación que no modifican la estructura del edificio, ni la distribución interior, ni el aspecto exteriores del edificio.
Ejemplos prácticos donde sólo necesitas una declaración responsable de obras:
. Pintar el interior del piso.
. Cambiar el pavimento o enladrillar paredes.
. Renovar los muebles de la cocina.
. Cambiar la bañera por un plato de ducha.
  • ¿ Si quiero derribar un tabique para hacer el comedor mayor?
En este caso, ya no sirve la declaración responsable de obras. Como cambias la distribución interior de la vivienda (sin tocar muros de carga ni la estructura del edificio), necesitas presentar una Comunicación Previa de Obras.

Este trámite requiere aportar un poco más de documentación, realizada por técnico competente como planos y memoria de la actuación, pero también es un procedimiento ágil.

Ejemplos prácticos donde sólo necesitas una comunicación previa:
 
. Modificar distribución interior de un piso o local sin afectar a la estructura.
. Rehabilitar fachadas, patios interiores y cubiertas de un edificio.
. Cambiar el uso de un local / edificio a otro uso de lo que sea vivienda
  • ¿ Cuando tendré que pedir una "Licencia de Obras"?
Necesitarás una licencia formal para las obras grandes y complejas que requieren de la autorización municipal. Este trámite es más largo porque el Ayuntamiento tiene que revisar el proyecto antes de darte permiso para empezar. Hay de dos tipos, Obras Menores y Obras Mayores. Lo necesitarás en casos como:

Obres Menores
. Rehabilitar fachada con andamio ocupando la acera.
. Tocar elementos estructurales (muros de carga, pilares, vigas).
. Derribar un edificio.
Obres Mayores
. Ampliar el espacio de la vivienda o cerrar balcones (si la normativa lo permite).
. Construir una casa o edificio de nueva planta.
. Cambiar el uso de un local comercial para hacer una vivienda.
  • ¿ Como puedo hacer estos trámites con el Ayuntamiento?
La vía más recomendable, rápida y disponible 24 horas los 7 días de la semana, los 365 días del año, es hacerlo telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento del Hospitalet, utilizando un certificado digital como el idCAT Móvil o Cl@ve.

Si lo prefieres, también te puedes dirigir presencialmente a las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC), pero recuerda pedir cita previa preferiblemente.
  • ¿ Puedo empezar la obra el mismo día que presento los papeles?
    • Declaración Responsable de obras y Comunicación Previa: Sí. Al tratarse de trámites comunicativos, una vez presentados y registrados correctamente, puedes empezar las obras bajo tu responsabilidad.
    • Licencia de Obras: No. Tienes que esperar que el Ayuntamiento revise el proyecto técnico y te otorgue oficialmente la licencia por escrito antes de empezar a trabajar.
  • ¿ Cuánto cuesta sacar el permiso de obras?
El coste depende del tipo de trámite y del presupuesto de tu reforma. Generalmente, se abonan dos conceptos:
. La Tasa administrativa por la tramitación del expediente.
. El ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras), que se calcula aplicando un porcentaje sobre el presupuesto total de ejecución material de la obra.