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Solicitud del Servicio de Intermediación en Deudas de la Vivienda (SIDH)

Es un servicio de mediación para personas que se encuentren en riesgo de perder su vivienda habitual por no poder pagar la hipoteca o bien el alquiler y quieran mediar con grandes tenedores de viviendas (entidades bancarias, fondos de inversión...).

El servicio de mediación está dirigido a personas que residen en el municipio de L'Hospitalet de Llobregat y se encuentren en riesgo de perder su vivienda habitual para no poder pagar la hipoteca o el alquiler con entidades bancarias y grandes tenedores de viviendas. El servicio también atiende consultas y negocia sobre cláusulas abusivas.

  • Que la persona solicitante del servicio sea titular del préstamo hipotecario y/o de la escritura de compraventa o del contrato de alquiler
  • La vivienda tiene que ser su residencia habitual y permanente
  • Residir en el municipio de L'Hospitalet de Llobregat

  • Que la persona solicitante del servicio sea titular del préstamo hipotecario y/o de la escritura de compraventa o del contrato de alquiler
  • La vivienda tiene que ser su residencia habitual y permanente
  • Residir en el municipio de L'Hospitalet de Llobregat

Instrucciones sobre la documentación a aportar
A continuación se muestra la documentación a aportar, además, en el caso de mediación por préstamo hipotecario o alquiler, en el apartado de documentación adicional, se deberá aportar:

- Últimas 3 nóminas o, en el caso de autónomos, último trimestre de IRPF - DNI o tarjeta de residencia en vigor de todos los miembros de la unidad de convivencia - Informe vida laboral de todos los miembros de la unidad de convivencia

En caso de mediación de préstamo hipotecario

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Escritura de compraventaObligatorioTelemático y presencial
Escritura del préstamo hipotecarioObligatorioTelemático y presencial
Libro de familia o partidas de nacimiento de los menores de edadObligatorioTelemático y presencial
Nota simple del Registro de la PropiedadObligatorioTelemático y presencial
Renta garantidaOpcionalTelemático y presencial
Informe de vida laboralObligatorioTelemático y presencial
Demanda judicial de desahucio (o equivalente)OpcionalTelemático y presencial
Sentencia judicial firme de guardia y custodia del menorOpcionalTelemático y presencial

En caso de mediació de alquiler

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Contrato de alquilerObligatorioTelemático y presencial
Demanda judicial de desahucio (o equivalente)ObligatorioTelemático y presencial
Libro de familia o partidas de nacimiento de los menores de edadObligatorioTelemático y presencial
Renta garantidaOpcionalTelemático y presencial
Sentencia judicial firme de guardia y custodia del menorOpcionalTelemático y presencial
Llegenda
Tipo de documentación a aportar
  • Opcional
  • Obligatorio
Presentació
  • Presencial
  • Telemático
  • Ambas

Para agilizar la gestión, pedimos que aporte toda la documentación requerida junto con la instancia.

Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .

  1. Pulse sobre el botón Tramitar on-line.
  2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
  3. Rellene el formulario que se abrirá.
  4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
  5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.

Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

Tramitar on-line

Puede aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente. Puede consultar los puntos de registro en www.l-h.cat/oficinesregistre

Para agilizar la gestión, pedimos que aporte toda la documentación requerida junto con la instancia.

Si quiere ir directamente a la Oficina de la Vivienda tiene que pedir cita previa en el siguiente enlace.

Instancia en papel

Solicitud

  • Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda.
  • Ley 24/2015, del 29 de julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética.
  • Ley 4/2016, del 23 de diciembre, de medidas de protección del derecho a la vivienda de las personas en riesgo de exclusión residencial.
  • Ley 1/2022, del 3 de marzo, de modificación de la Ley 18/2007, la Ley 24/2015 y la Ley 4/2016 para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda.

Servicio prestado con la colaboración del Servicio Ofideute de la Agencia de Vivienda de Cataluña y el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB).

Desde el servicio de atención al ciudadano del SIDH (SAC), se hace una primera valoración del caso y se recoge la documentación necesaria. Una vez abierto el expediente, se agenda visita con una persona abogada mediadora. En la visita con esta persona, se estudia la situación de la familia y se valoran las actuaciones necesarias para realizar la mediación.