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Junta Arbitral de Consumo

Dirección: C. Riera de la Creu 0032, BS CP: 08901

Teléfono: 93 402 60 33

Correo electrónico: junta.arbitral@l-h.cat


La Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento del Hospitalet, administra y gestiona la resolución de conflictos en materia de consumo mediante la mediación y arbitraje.

Características del arbitraje de consumo:

1. Voluntariedad
Es un sistema extrajudicial de resolución de conflictos de carácter voluntario para el cual las partes, libremente, confían la resolución del caso a la Junta Arbitral y quedan vinculadas por la resolución que se pueda dictar, nombrada laudo.

2. Rapidez
El plazo para dictar el laudo es de seis meses desde el inicio del procedimiento arbitral.

3. Imparcialidad
Los árbitros que son designados por la Junta Arbitral de Consumo, actúan en el ejercicio de la suya funciones con independencia, imparcialidad y confidencialidad.

4. Eficacia y ejecutividad
El laudo tiene el efecto de cosa juzgada, es de obligado cumplido y tiene los mismos efectos que una sentencia judicial. Si no se cumple el laudo, la parte perjudicada podrá pedir en el juzgado el cumplido en vía ejecutiva, de forma similar a una sentencia judicial.

5. Economía
El sistema arbitral es gratuito salvo determinadas pruebas que puedan pedir las partes.

6. Sencillez
Al arbitraje de consumo las partes se representan y defienden ellas mismas, sin necesidad de asistencia de abogado ni procurador.