Logo Ajuntament de L'Hospitalet

Certificado de empadronamiento histórico de convivencia

Certificado firmado por el Secretario/a del Ayuntamiento o persona en quien delegue, con el visto bueno del Sr. /Sra. Alcalde/Alcaldesa o a la persona en quien delegue de la inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de las personas que conviven o hayan convivido en un domicilio de L'Hospitalet con la persona solicitante.

  • Ciudadanos/as mayores de edad que estén o hayan estado inscritos/as en el padrón de habitantes de esta ciudad.
  • Cualquier persona puede pedir un certificado de otra aportando una autorización expresa. En caso de actuar la persona representante, si no está inscrita en el REPRESENTA, tiene que aportar la documentación que la acredita como representante para hacer el trámite. Si se quiere inscribir lo puede hacer en la siguiente dirección:  https://www.l-h.cat/representa
     

  • La persona tiene que estar o haber estado empadronada en esta ciudad.

El departamento gestor tiene un plazo de 3 meses para emitir el certificado.

Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .

  1. Pulse sobre el botón Tramitar on-line.
  2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
  3. Rellene el formulario que se abrirá.
  4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
  5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.

Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

Tramitar on-line

Puede aportar la documentación necesaria en cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente. Puede consultar los puntos de registro en www.l-h.cat/oficinasregistro

Instancia en papel

Solicitud

Documentación necesaria

  • Solicitud
  • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte de la persona solicitante.
  • En caso de actuar la persona representante, si no está inscrita en el REPRESENTA, tiene que aportar la documentación que la acredita como representante para hacer el trámite, que es la autorización específica para la realización de este trámite con la firma de la persona representante y de la representada junto con la copia de los documentos de identidad de las dos. Si se quiere inscribir en el Representa lo puede hacer en la siguiente dirección: https://www.l-h.cat/representa
     

Impresos asociados

Autorización de solicitud de datos del padrón de habitantes

  • Ley 7/1985 de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local.
  • Ley 4/96 de 10 de enero por la que se modifica la Ley 7/1985 de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local en relación al Padrón Municipal en su última redacción.
  • Ley Municipal y de régimen local de Cataluña aprobada por el Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre por el cual se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio.
  • Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
  • Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
  • Resolución de 17 de noviembre de 2005 de la Subsecretaría por la cual se dispone la publicación de la Resolución del INE y la Dirección General para la Administración Local por la cual se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la revisión anual del Padrón Municipal y sobre el procedimiento de obtención de la propuesta de cifras oficiales de población.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
  • Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD).
Teniente de Alcalde o Concejal/a del área

Una vez hecha la solicitud el departamento tramitará la petición y se le enviará el certificado por el medio de contacto que indique en la petición, correo postal o aviso en el correo electrónico y móvil para acceder al buzón de notificaciones municipal.