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Inscripción en el Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial

Para realizar este trámite tenéis que pedir cita previa siguiendo las intrucciones del trámite enlazado en el apartado 'Trámites relacionados'.

El Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial es un registro público con alcance en todo el municipio que se integrará, de acuerdo con la normativa reguladora, en el Registro único de solicitantes de viviendas de la Generalitat de Catalunya.

Para poder ser adjudicataria de una vivienda con protección oficial, es un requisito imprescindible que la persona solicitante esté inscrita en el Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial. Las personas inscritas pueden participar en los procesos de adjudicación si cumplen los requisitos exigidos y están inscritas antes del inicio del procedimiento de adjudicación en cuestión.

No se podrá tramitar una nueva inscripción durante los cinco años siguientes a la fecha de una renuncia o revocación, según el artículo 14 del Reglamento Municipal del Registro de solicitantes de viviendas con protección pública del Hospitalet:

  • Por renuncia a una vivienda adjudicada en cualquiera de los regímenes previstos y como consecuencia de un procedimiento tramitado según las previsiones de este Reglamento.
  • Por la no transmisión de la vivienda adjudicada por causa imputable al adquirente.

Las personas físicas de forma individual o como unidades de convivencia que deseen acceder a una vivienda con protección oficial de L'Hospitalet y que cumplan los requisitos que establece la normativa para acceder a este tipo de viviendas.

  • Haber concertado cita previa para la realización de este trámite.
Los requisitos exigidos para inscribirse en el Registro se tendrán que cumplir efectivamente en el momento de la presentación de la solicitud de inscripción y mantenerse a lo largo de todo el periodo de vigencia.
  • Ser mayor de edad o emancipado judicialmente.
  • Acreditar tener necesidad de vivienda.
  • Residir y estar empadronado en la ciudad del Hospitalet.
  • En caso de personas solicitantes que no tengan la nacionalidad española o la de un país de la Unión Europea tendrán que acreditar, además, estar en posesión del permiso de residencia y mantenerlo vigente durante toda la duración de la inscripción al Registro y, si es el caso, del proceso de adjudicación de las viviendas. La residencia tendrá que tener el carácter de permanente para poder optar en una vivienda con protección oficial en régimen de propiedad.
  • Cumplir el límite de ingresos máximos y mínimos que establece la normativa de las viviendas con protección oficial para ser adjudicatarios de este tipo de viviendas en los regímenes por las cuales opte en el momento de la solicitud.
  • No encontrarse incapacitado para obligarse contractualmente, según el derecho civil de Cataluña.
Podéis consultar más información a la web http://www.registresolicitants.cat

Si la solicitud presentada no tiene deficiencias que haya que resolver, el órgano competente emitirá, en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente de la fecha de la presentación de la solicitud, la resolución expresa sobre la inscripción, la sección y el régimen o regímenes por los cuales haya optado, o bien su denegación por causa justificada.
Transcurrido el plazo legal sin que el ayuntamiento haya notificado ninguna resolución, la petición se entenderá estimada.
La inscripción al registro tendrá una vigencia de un año, a contar desde la resolución administrativa de aceptación de la solicitud de inscripción.

Antes de la finalización de este plazo se tendrá que volver a hacer esta solicitud, ya que en caso contrario se entenderá caducada la inscripción al Registro y se tramitará de oficio la baja.

Instrucciones sobre la documentación a aportar
Si se solicita la modificación de datos en el registro
Se tiene que presentar la instancia de modificación de datos disponible al apartado "Cómo se puede tramitar", adjuntando la documentación que acredite la modificación o modificaciones que se solicitan. En el caso de presentación telemática solo se presentará la documentación acreditativa que se adjuntará en el paso "Documentación adicional"

Si se solicita la inscripción en el registro
Se tiene que presentar la "Solicitud de inscripción en el Registro de Solicitantes de Vivienda de Protección Oficial" que se puede descargar en el apartado de "Documentación necesaria". Tanto la solicitud, en la página 3, como la declaración responsable que figura al final de la misma, tienen que estar firmadas por todos los mayores de edad de la unidad de convivencia.
Con la solicitud se presentará el DNI o tarjeta de residencia en vigor de todos los miembros de la unidad de convivencia (en el caso de la presentación telemática se adjuntará en el paso de "Documentación adicional") y, según los casos, el resto de documentación que se indica en el siguiente apartado.

Si en el formulario de solicitud ha marcado la casilla "Me opongo a la consulta de los datos mencionados" tendrá que presentar la siguiente documentación:
- Declaración de la renta de los miembros de la unidad de convivencia obligados a presentarla. En el caso de no haber presentado la declaración de la renta del ejercicio anterior tendrá que presentar certificado de imputaciones emitido por la Agencia Tributaria y si fuera necesario, además, la siguiente documentación:
- En el caso de pensionistas o de haber estado en paro: el certificado de ingresos correspondiente
- En el caso de recibir alguna otra pensión, subsidio o prestación: la documentación acreditativa del tipo, cuantía i concepto de la percepción
Toda la documentación económica tiene que referirse al último ejercicio fiscal cerrado. Así, por ejemplo, si la solicitud se presenta hasta el 30 de junio de 2023 la documentación corresponderá al ejercicio 2021, y si se presenta a partir del 1 de julio, al ejercicio 2022.
- Certificado catastral de los mayores de edad de la unidad de convivencia
- Acreditación de la discapacidad (si se ha indicado esta circunstancia)
- Título de familia monoparental (si se ha indicado esta circunstancia)
- Título de familia numerosa (si se ha indicado esta circunstancia)

No obstante, la Oficina de Vivienda podrá solicitar todos los documentos complementarios que crea necesarios para comprobar las circunstancias alegadas.

Documentación necesaria para la inscripción

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Solicitud de inscripción en el Registro de Solicitantes de Vivienda de Protección OficialObligatorioTelemático y presencialDescarregar

En caso de que en la solicitud conste una unidad familiar

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Libro de familiaOpcionalTelemático y presencial

En caso de que algún miembro de la unidad de convivencia posea una vivienda en propiedad u otro bien inmueble de naturaleza rústica o urbana

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Escritura de la propiedadOpcionalTelemático y presencial
Recibos del pago del impuesto de bienes inmuebles de fuera de l'HospitaletOpcionalTelemático y presencial

En caso de necesitar acceder a la adjudicación de una vivienda adaptada para personas con movilidad reducida

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Certificado del ICASS de necesidad de acceder a la adjudicación de una vivienda adaptada para personas con movilidad reducidaOpcionalTelemático y presencial

En caso de declarar que se está separado/a o divorcidado/al

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Sentencia judicial firme de separación o divorcioOpcionalTelemático y presencial

En caso de que en la solicitud conste un menor y solo uno de los progenitores

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Sentencia judicial firme de guardia y custodia del menorOpcionalTelemático y presencial
Llegenda
Tipo de documentación a aportar
  • Opcional
  • Obligatorio
Presentació
  • Presencial
  • Telemático
  • Ambas

  • Llenáis, firmáis a la página 3 y a la declaración responsable (tienen que firmar todos los mayores de edad de la unidad de convivencia) y escanejeu la solicitud de inscripción al Registro de Solicitantes de Vivienda de Protección Oficial que podéis encontrar en el apartado 'de impressos asociados', y la enviáis, junto con la documentación requerida, siguiendo las instrucciones que encontraréis a continuación.

Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .

  1. Pulse sobre el botón Tramitar on-line.
  2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
  3. Rellene el formulario que se abrirá.
  4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
  5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.

Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

Tramitar on-line

1. NO SE ATENDERÁ SIN CITA PREVIA (use el trámite enlazado en el apartado 'Trámites relacionados').
2. El día de la cita tendréis que aportar la documentación necesaria.

Reglamento Municipal del Registro de solicitantes de viviendas con protección pública en L'Hospitalet

  • Decreto 106/2009, de 19 de mayo, por el cual se regulan el Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial de Cataluña y los procedimientos de adjudicación de las viviendas de protección oficial.
Teniente de Alcalde o Concejal/a del área

En todas las solicitudes de inscripción se presumirá como persona representante de la unidad de convivencia a aquélla que figure como solicitante. Una misma persona no podrá formar parte de dos o más unidades de convivencia al mismo tiempo, ni figurar al mismo tiempo en más de una solicitud de inscripción.

La inscripción por sí misma no da lugar a ningún otro derecho ni supone, en particular, la adjudicación automática de una vivienda.

La inscripción servirá para optar en pisos de toda Cataluña, siempre y cuando en las bases del concurso no se solicite justificar una antigüedad de inscripción al Padrón Municipal de Habitantes del municipio convocante.

Podéis consultar a la Agencia de la Vivienda de Cataluña el funcionamiento del procedimiento de adjudicación .

A la web municipal de la Oficina de Vivienda se publicarán las promociones cuándo se activen.

Una vez comprobada la documentación y el cumplido de los requisitos exigidos, se enviará a la persona solicitando la notificación de la resolución de aceptación o desestimación de la inscripción al Registro.

Es obligatorio comunicar al Registro de Solicitantes de Viviendas con Protección Oficial cualquier modificación de los datos que constan a la inscripción. El incumplimiento de esta comunicación puede dar lugar, si pega, a la baja de la inscripción.