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Solicitud de subvención Plan Soporte AMB por gastos Covid y digitalización

El Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat, con el apoyo técnico y económico del Plan metropolitano de apoyo a las políticas sociales municipales 2020-2023 del Área Metropolitana de Barcelona, con el objetivo de dar apoyo al tejido productivo de la ciudad, gravemente afectado por la crisis económica de la Covid-19, establece una línea de subvención, para la cobertura de gastos relacionados con la adopción de medidas de seguridad e higiene, y otros gastos de funcionamiento.
Igualmente se subvencionarán gastos relacionadas con los procesos de digitalización y adopción de nuevas tecnologías, que supongan una mejora competitiva y favorezcan la continuidad de las empresas y negocios de la ciudad.

Esta subvención será de un máximo de 5.000€ por solicitud y para los siguientes gastos:

  • Gastos relacionados con la adopción de medidas de seguridad, protección y salud de las condiciones de trabajo relacionadas con la expansión de la covid-19
  • Gastos relacionadas con los suministros de servicios básicos (electricidad, agua, gas), comunicaciones y seguros, hasta un máximo del 50%, con un máximo de 325€ mensuales, con un máximo de 6 meses contados a partir de la declaración del estado de alarma de 14 de marzo de 2020
  • Gastos relacionados con la adquisición de hardware, software y servicios necesarios para incorporar el teletrabajo, así como por la adaptación tecnológica y digital de los negocios, a partir de la entrada en vigor del estado de alarma
En ningún caso tendrán la consideración de gasto los trabajos realizados o desarrollados por la propia persona o entidad solicitante.

No se admitirán como gasto elegible aquellas que, a pesar de estar incluidas dentro de una de las tres categorías de gasto mencionadas al punto anterior, hayan sido pagadas en efectivo.

El criterio para determinar el orden de acceso a la ayuda económica será la orden de presentación de las solicitudes en el Registro correspondiente y hasta que se agote a la partida presupuestaria asignada al Programa.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas económicas las empresas, personas autónomas o entidades que cumplan los requisitos regulados en las bases de la convocatoria

  • Tener la condición de persona trabajadora autónoma o profesional, microempresa, pequeña empresa o media, u otras fórmulas jurídicas relacionadas con la economía social y solidaria, el tercer sector y organizaciones sin ánimo de lucro
  • Tener una plantilla inferior a 50 trabajadores
  • Tener sede social, delegación o centro de trabajo en el término municipal de l'Hospitalet de Llobregat
  • No ser administración pública, ni organismo público, ni sociedad mercantil pública, ni sociedad mercantil privada, ni entidad en la cual la mayoría de su capital social o aportaciones, o la mayoría de los miembros del máximo órgano de gobierno sean de titularidad pública o nombrados por un ente público
  • Ser titular de una cuenta bancaria donde recibir el importe de la subvención

El plazo de presentación de solicitudes y de la documentación que las acompaña será desde el día 2 de marzo del 2021 hasta el 30 de abril de 2021 , o cuando se agote el crédito disponible
La resolución de otorgamiento o denegación se notificará mediante notificación electrónica a la dirección comunicada y se emitirá en el plazo máximo de 2 meses a contar desde la fecha de presentación en el Registro General del ayuntamiento
Transcurrido el plazo legal sin que el ayuntamiento haya notificado ninguna resolución, la petición se entenderá desestimada.

Instrucciones sobre la documentación a aportar
En el apartado de documentación adicional se deberá aportar también para: 1. Subvenciones por importe inferior a 60.000 €, todos los ficheros de facturas y otros documentos provatorios de los gastos, así como los correspondientes comprobantes de su pago y la documentación acreditativa de la difusión del proyecto subvencionado (folletos, dípticos, etc.), debidamente identificados con una breve descripción del contenido. 2. Subvenciones por importe superior a 60.000 € o cofinanciadas, documentación acreditativa de la difusión del proyecto subvencionado (folletos, dípticos, etc.), debidamente identificados con una breve descripción del contenido. Sólo las personas físicas beneficiarias de la subvención pueden aportar la documentación presencialmente.
DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Llegenda
Tipo de documentación a aportar
  • Opcional
  • Obligatorio
Presentació
  • Presencial
  • Telemático
  • Ambas

Tiene que presentar, junto con la instancia electrónica, el formulario de solicitud de ayuda Despesa Covid 19 y Digitalización debidamente firmado y sellado, y la documentación necesaria que encontrará en el siguiente apartado.

Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .

  1. Pulse sobre el botón Tramitar on-line.
  2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
  3. Rellene el formulario que se abrirá.
  4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
  5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.

Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

Fuera de plazo

En caso de no ser persona obligada a relacionarse electrónicamente con la administración, puede aportar la documentación requerida que encontrará en el apartado "Documentación necesaria", a cualquiera de sus oficinas indicadas.

Instancia en papel

Solicitud

Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones

  • Ley 38/2013, de 17 de noviembre, general de subvenciones
  • Bases y directrices reguladoras del Plan metropolitano de apoyo a las políticas sociales municipales 2020-2023
  • Bases reguladoras y convocàtoria del proyecto de ayudas para dar apoyo económico a los autónomos y empresas para gastos de implantación de medidas de seguridad, protección y salud de las condiciones de trabajo, relacionadas con la Covid-19
Teniente de Alcalde o Concejal/a del área

Para ampliar información con respecto a esta convocatoria como el tipo de gastos subvencionables, los plazos, justificación, seguimiento, verificación, control, etc., puede consultar las bases específicas vigentes en el apartado "Normativa aplicable"

Para consultas puede llamar al teléfono específico 93 403 69 52 o enviar un mail a subvencionslh2021@l-h.cat

Una vez registrada la solicitud, se verificará que el solicitante cumpla los requisitos del punto 4 de las bases reguladoras de la presente subvención y que se ha presentado dentro del plazo establecido. Asimismo, se verificará la documentación de la solicitud, y si ésta no cumple los requisitos, se pedirá al interesado que, en un plazo de 10 días hábiles, enmiende el defecto o adjunte los documentos preceptivos.

Se notificará la resolución de otorgamiento o denegación en todos los casos.

En caso de que se presenten más solicitudes para recibir ayudas económicas que presupuesto disponible, las solicitudes que no hayan obtenido una subvención constituirán una bolsa de reserva, susceptible de recibir posteriormente ayuda económica (igualmente por estricto orden de presentación en el registro) en caso de que haya renuncias o revocaciones de ayudas económicas.

Las personas beneficiarias tendrán que cumplir con las obligaciones establecidas a la cláusula 5 de las bases de la convocatoria, y una vez recibida la subvención el beneficiario tendrá que cumplir con el seguimiento, verificación y control que efectuará el Ayuntamiento del Hospitalet, sin perjuicio de las acciones complementarias que decida realizar el Área Metropolitana de Barcelona.

Finalmente, en caso de que necesite presentar más documentación, ya sea por la misma tramitación del expediente, como por la justificación de los gastos de la ayuda obtenida, podrá utilizar el trámite de aportación de documentación a un expediente abierto relacionado al final de esta página.