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Ayudas para actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas

¡ATENCIÓN! el plazo para la presentación de nuevas solicitudes ha finalizado.

Para las personas interesadas que tengan que presentar documentación a un expediente ya abierto lo puede hacer a través del enlace al trámite 'Presentación de documentación requerida de ayudas para actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas' que encontrará al final del trámite en el campo 'trámites asociados'.

El objeto de este programa es la financiación de actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas, sean unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:

  • Serán actuaciones subvencionables para este programa aquéllas en las que se alcance una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de como mínimo un 7% o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de como mínimo un 30%.
  • Asimismo, se considerarán subvencionables las actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolviendo térmica para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad en el aire, cuando corresponda, establecidos en las mesas 3.1.1.a-HE1 y 3.1.3.a-HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación.
  • Honorarios profesionales, coste de la redacción del proyectos, informes técnicos y certificados necesarios, gastos derivados de la tramitación administrativa, y otros gastos generales similares, debidamente justificados.

No se consideran costes subvencionables los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos. En cambio, el IVA podrá ser considerado elegible siempre y cuando no pueda ser susceptibles de recuperación o compensación total o parcial. De acuerdo con el artículo 3 de las bases reguladoras (RDL 853/2021, de 5 de octubre ), no serán subvencionables las actuaciones de inversión en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil.

  • La cuantía de la subvención es del 40% del coste de la actuación con un tope máximo de 3.000€.
  • El coste mínimo de la actuación tiene que ser de 1.000€. Las ayudas son incompatibles con otros por la misma actuación otorgado por el Consorcio o por otros organismos
  • Las actuaciones a ejecutar tienen que contar con la licencia o autorización municipal que corresponda según normativa, que tendrá que ser vigente a lo largo de la totalidad de la ejecución de las obras.

El destinatario último o bien, en caso de que exista, el agente o gestor de rehabilitación. Pueden beneficiarse de estas ayudas las personas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas. Las viviendas objeto de actuación tienen que cumplir los requisitos establecidos en el artículo 42 de las bases reguladoras y en concreto tienen que constituir el domicilio habitual y permanente de los propietaris/es, usufructuaris/es o arrendataris/es en el momento de solicitar la ayuda

Se puede hacer la presentación de solicitudes del 02 de mayo 2022 hasta el 30 de junio de 2026.

No obstante este plazo se podrá ampliar por resolución del director general del Consorcio.

Se podrá cerrar la admisión de solicitudes y documentación en una fecha anterior a esta fecha si se ha agotado la dotación presupuestaria

Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .

  1. Pulse sobre el botón Tramitar on-line.
  2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
  3. Rellene el formulario que se abrirá.
  4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
  5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.

Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

Fora de termini

La modalidad de tramitación es presencial en la Oficina de la Vivienda. El trámite es con cita previa. Para obtener una cita tiene que usar el trámite correspondiente del apartado 'Trámites relacionados'.

Documentación necesaria

Puede descargarse los documentos necesarios en el apartado 'Impresos' que encontrará en la columna de la derecha dentro del siguiente enlace.

Podéis encontrar más información consultando el siguiente enlace