Las personas que reciben la prestación para el pago del alquiler tienen que justificar que se continúan reuniendo los requisitos para su mantenimiento. Cualquier modificación de las condiciones que hicieron que se concediera la prestación se tiene que justificar debidamente si se quiere continuar recibiéndola.
1 miembro | 2 miembros | 3 miembros | 4 o más miembros |
24.965,55 € | 25.737,68 € | 26.844,68 € | 27.739,51 € |
Tiene que rellenar la declaración responsable sobre el cumplimiento de requisitos de la Agència de l'Habitatge de Catalunya y presentarla, junto con la documentación necesaria en la oficina indicada, según su código postal de residencia.
Las personas solicitantes que no se opongan a que el órgano gestor pueda obtener de forma electrónica los datos necesarios para el seguimiento y control de estas prestaciones no hará falta que aporten la documentación correspondiente a: la declaración de renta, o certificado de Pensión no Contributiva (PNC) o de Renta Mínima de Inserción (RMI), el certificado de imputaciones, el certificado de discapacidad reconocida y el certificado de convivencia (marcadas con *)
C. Llobregat n° 116 CP: 08904 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona
Esta oficina sólo atenderá con cita previa. Puede utilizar el siguiente enlace 'Cita con la Oficina Municipal de la Vivienda'
Horario habitual:
Importe de la prestación
El importe máximo de la prestación puede ser de 240 €/mes (2.880 € anuales).
El importe mínimo es de 20 €/mes (240 € anuales)
Incompatibilidades
Esta prestación es incompatible con los beneficiarios de las prestaciones de especial urgencia por las mismas mensualidades.
También se incompatible con cualquier otra ayuda o prestación proveniente de otras administraciones públicas, que tengan la misma finalidad.
Fiscalidad de esta prestación
Dado que la prestación para el pago del alquiler es una ayuda pública y supone una ganancia patrimonial sujeto al impuesto del IRPF, si la persona beneficiaria ha percibido por cualquier concepto (incluida la prestación para el pago del alquiler) más 1.000€ sucio anual no exento, tiene la obligación de presentar la declaración de IRPF, en la cual también tendrá que incluir la cantidad percibida
La notificación de los actos de tramitación y resolutorios se hará por medio de su exposición en el tablón de anuncios de la Oficina de l'Habitatge y en la web de la Agència de l'Habitatge de Catalunya, http://www.habitatge.gencat.cat .
Teléfono: 93 403 26 00
Esta oficina sólo atenderá con cita previa. Puede utilizar el siguiente enlace 'Cita con la Oficina Municipal de la Vivienda'
Horario habitual: