Solicitud para tramitar la cédula de habitabilidad de segunda ocupación para viviendas con antigüedad anterior al 11 de agosto del año 1984 (sin cédula de habitabilidad previa).
La cédula de habitabilidad es un documento administrativo que acredita que una vivienda cumple las condiciones mínimas de habitabilidad que prevé la normativa vigente y es apto para ser destinado a residencia de personas, sin perjuicio de que se desarrollen otras actividades autorizadas.
La cédula se llama de segunda ocupación si se refiere a viviendas usadas o preexistentes.
Los datos que constan en la cédula son:
En la cédula no figura el nombre de la persona propietaria. Se trata de un documento que acredita las condiciones objetivas de habitabilidad de una vivienda, con independencia de sus titulares u ocupantes.
La cédula de habitabilidad es necesaria para transmitir una vivienda en venta, alquiler o cesión de uso, en primera transmisión o en posteriores (salvo los supuestos de exoneración que prevé la normativa vigente). También es necesaria para darse de alta de los servicios de agua, electricidad, gas, telecomunicaciones y otros servicios.
El otorgamiento de la cédula de habitabilidad no supone la legalización de las construcciones con respecto a la adecuación del uso de vivienda en la legalidad urbanística.
Hay que contactar con un arquitecto o un arquitecto técnico para que vaya a su vivienda a hacerle el certificado correspondiente. El teléfono del colegio de arquitectos es el 933 015 000 y el de arquitectos técnicos el 932 402 060. El arquitecto le hará todo el trámite telemáticamente, mediante el siguiente enlace de la Agencia de la Vivienda:
Este trámite sólo lo puede hacer presencialmente si es una persona particular. Las personas autónomas, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos tienen que realizar la tramitación por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
NO SE ATENDERÁ SIN CITA PREVIA. Para realizar este trámite en nuestra oficina tiene que pedir cita previa siguiendo las instrucciones del trámite enlazado en el apartado 'Trámites relacionados'.
El día de la cita tendrá que aportar la documentación necesaria y los documentos acreditativos de antigüedad de la vivienda, en caso de ser necesarios.
C. Llobregat n° 116 CP: 08904 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona
Esta oficina sólo atenderá con cita previa. Puede utilizar el siguiente enlace 'Cita con la Oficina Municipal de la Vivienda'
Horario habitual:
Puede utilizar este formulario para hacer llegar sus consultas: https://l-h.cat/olh
más informaciónTeléfonos de los colegios profesionales:
Se da como respuesta la resolución expresa a la solicitud con la concesión o la denegación de la cédula.
Antes de la respuesta definitiva de la solicitud, se puede enviar a la dirección de notificación un requerimiento, que es la petición de algún tipo de actuación o documentación necesaria para continuar la tramitación de la solicitud.
Cuando la cédula esté otorgada, la persona solicitante puede recogerla de forma presencial en la oficina de la Vivienda, con cita previa.
Se tendrá que tener y conservar el informe de antigüedad de vivienda durante la vigencia de la cédula.
Teléfono: 93 403 26 00
Esta oficina sólo atenderá con cita previa. Puede utilizar el siguiente enlace 'Cita con la Oficina Municipal de la Vivienda'
Horario habitual:
Puede utilizar este formulario para hacer llegar sus consultas: https://l-h.cat/olh
más información