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Licencia de ocupación de la vía pública para la reserva de estacionamiento para personas con movilidad reducida

Trámite para solicitar una reserva de estacionamiento, lo más próxima posible al lugar de residencia o lugar de trabajo, para la persona con movilidad reducida conductora o no del vehículo autorizado.

  • Personas con movilidad reducida que sean conductoras de vehículos.
  • Personas con movilidad reducida que no siendo conductoras tengan menos de 18 años (en este caso el trámite lo hará al padre, madre o tutor legal, debidamente acreditado) o, si son mayores, que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 75%.

  • La persona solicitante y la persona titular del vehículo  tienen que estar empadronadas en el mismo domicilio o disponer de un contrato laboral en L'Hospitalet.
  • La persona solicitante de la licencia tiene que haber tramitado o disponer de la tarjeta europea de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
  • El vehículo autorizado para la reserva de estacionamiento tiene que tener la finalidad de transportar a una persona con movilidad reducida reconocida y estar registrado en el domicilio del titular de la reserva solicitada.
  • La persona solicitante tiene que estar al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento (tasas, impuestos, incluido el impuesto sobre vehículo de tracción mecánica, y sanciones municipales).
  • No disponer de plaza de aparcamiento de propiedad o de alquiler accesible y cerca del domicilio o lugar de trabajo, según el caso (declaración responsable).
  • En caso de solicitar la reserva próxima al lugar de trabajo, la empresa no debe disponer de lugares de estacionamiento para trabajadores con discapacidad (declaración responsable).
  • La reserva de estacionamento solicitada per motivos laborales estará sujeta al horario limitado por la jornada laboral.

El departamento gestor da respuesta en un plazo inferior a 2 meses desde la fecha de registro de la solicitud.

Puede aportar la documentación necesaria en cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente. Puede consultar los puntos de registro en www.l-h.cat/oficinasregistro

Decreto 209/2023, de 28 de noviembre, por la cual se aprueba el Codigo  de accesibilidad de Cataluña.
Se paga una tasa anual según las ordenanzas fiscales municipales vigentes.
Teniente de Alcalde o Concejal/a del área

Una vez presentada y comprobada toda la documentación necesaria, se realiza una inspección para comprobar la viabilidad de la petición. Si es viable, se emite el recibo de la tasa correspondiente y, una vez realizado el pago, se tramita la adaptación de la reserva. Finalmente, se emite la resolución de la licencia a nombre de la persona titular.

Si no se cumplen los requisitos, la persona solicitante recibirá una respuesta denegando su petición.