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Preinscripción escolar para el curso 2024-2025 de las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria

La preinscripción es el trámite que hay que hacer para ser admitido por primera vez en un centro escolar sostenido con fondos públicos (público o privado concertado) y para cambiar de centro

El padre, madre, tutor o legal o guardador o guardadora de hecho tutora

Admisión por primera vez en un centro de la ciudad para cursar cualquier enseñanza sufragada con fondos públicos.

Solicitar un cambio de centro.

  • Admisión por primera vez en un centro de la ciudad para cursar cualquier enseñanza sufragada con fondos públicos, o solicitar un cambio de centro.
  • Solicitar un cambio de centro

  • Segundo ciclo de educación infantil y primaria: Del 6 al 20 de marzo de 2024
  • Educación secundaria obligatoria (ESO): Del 8 al 20 de marzo de 2024
Lo que marque la Resolución de la Generalitat cuando publique las fechas de exposición de las listas

Se tendrá que rellenar el formulario electrónico disponible a la web del Departamento de Educación. se puede acceder mediante un ordenador, una mesilla táctil o un teléfono móvil.

Si se dispone de algún medio de identificación digital (idCat Móvil, DNI electrónico, T-CAT, Cl@ve, etc.), se puede utilizar el formulario con autenticación electrónica.

En caso de no disponer se tiene que utilizar el formulario en soporte informático, donde habrá que adjuntar el DNI o NIF previamente escaneado o fotografiado para acreditar la identidad.

Si se acredita la identificación con pasaporte o documento de identidad de un país miembro de la UE, hará falta que adjuntarlo escaneado o fotografiado en ambos casos.

Una vez lrellenado el formulario, se tienen que revisar los datos y apretar el botón "enviar".

Automáticamente, los datos se enviarán y se creará un documento digital de resguardo en formato PDF que hace falta que se guarde en el dispositivo (ordenador, mesilla, móvil ...). El resguardo también indica si hay alguna consulta que ha fallado y, por lo tanto, si hay que adjuntar a la solicitud alguna documentación más. Por eso, se tiene que leer bien antes de guardarlo.

Documentación necesaria

Documentación general que se tiene que adjuntar en la solicitud en todos los casos

  • Si se hace la preinscripción con el formulario con autenticación electrónica, no hay que adjuntar el documento de identidad, excepto en el caso de Pasaporte o documento de identidad de un país de la UE, donde habrá que adjuntar la documentación.
  • Si no se dispone de un sistema de autoidentificación electrónica y se sirvió el formulario en soporte informático, habrá que acreditar la identidad del padre/madre/tutor/turora adjuntando el DNI, NIE, pasaporte o documento de identidad de un país miembro de la Unión Europea previamente escaneado o fotografiado.
  • Certificado electrónico de la inscripción de nacimiento, libro de familia u otros documentos relativos a la filiación o la Resolución de acogimiento del Departamento en caso que el alumno esté en régimen de acogida. De manera extraordinaria, los datos de identificación o de filiación de los alumnos extranjeros también se pueden acreditar con el documento de identidad, el libro de familia del país de origen o la documentación alternativa que la persona pueda aportar.

En el caso de alumnos ya escolarizados en Cataluña, hay que especificar el número identificador del Registro de alumnos de Cataluña (RALC), y no habrá que aportar ningún documento identificativo porque los datos ya constan en el Registro. Este identificador se puede consultar a la misma página web de la preinscripción o bien se puede pedir en el centro educativo de procedencia.


Documentación acreditativa de los criterios de prioridad (en caso de que se alegue en la solicitud)
A) Criterios Generales

1. Tener hermanos escolarizados en el centro . Baremo: 50 puntos

No se tiene que aportar documentación. El mismo centro hace la comprobación.

2. Proximidad del domicilio habitual del alumno al centro o del puesto de trabajo del padre/madre, tutor/a legal o guardador/a de hecho que presente la solicitud

Baremo:

  • Cuando el domicilio habitual se encuentra en el área de influencia del centro: 30 puntos.
  • Cuando, a instancia del solicitante se toma en consideración la dirección del puesto de trabajo del padre, la madre, el tutor o tutora, o el guardador o guardadora de hecho, y éste está dentro del área de influencia del centro: 20 puntos.
  • Cuando el domicilio habitual está en el mismo municipio del centro solicitado en primer lugar, pero no en su área de influencia: 10 puntos.

Para justificar la proximidad del domicilio habitual a la escuela. Al enviar la solicitud el programa lo valida realizando la consulta interadministrativa del padrón (en caso de no haber se opuesto a la consulta de los datos o haber autorizado expresamente la consulta de este documento).
Esta consulta sirve para confirmar la dirección del domicilio familiar. Si no se pueden obtener los datos del padrón se enviará un mensaje comunicante que hay que acreditar la residencia adjuntando un certificado o volando de convivencia del alumno , donde tiene que constar la dirección del domicilio y acreditar que el alumno vive como mínimo con el padre o la madre que presenta la solicitud.

Para acreditar la proximidad del puesto de trabajo del padre, la madre o el tutor legal a la escuela . En el caso de las personas asalariadas, es suficiente si se aporta el contrato laboral o un certificado emitido por la empresa . En el caso de ser trabajadora o trabajador autónomo, se tendrá que presentar al modelo de la Agencia tributaria 036 o 037 , donde se deja constancia del domicilio en qué se lleva a cabo la actividad.

3. Renta anual de la unidad familiar beneficiaria de la renta garantizada de ciudadanía
Baremo: 15 puntos

Para justificar la renta garantizada de ciudadanía. Para acreditar este criterio, esta información se validará mediante consultas interadministrativas cuando se haga la solicitud de preinscripción. Sólo cuando no sea posible validarlo habrá que aportar la acreditación de ser beneficiario.

 
B) Criterios Complementarios (Se aplican en caso de empate de los criterios prioritarios)
 
1 . Discapacidad del alumno/a, padre/madre, tutor/a o germans/es igual o superior al 33%
Baremo: 15 puntos
Para acreditar que un miembro de la unidad familiar tiene una discapacidad . Este supuesto incluye la discapacidad igual o superior al 33% del alumno, del padre o la madre o de algún hermano o hermana, y se valida mediante consultas interadministrativas (en caso de no haber se opuesto a la consulta de los datos o haber autorizado expresamente la consulta de este documento). Si no se puede validar o si se trata de una discapacidad reconocida por otras comunidades autónomas, hay que presentar el certificado o la tarjeta acreditativa de discapacidad que emite el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias o los organismos competentes en otras comunidades autónomas. También se puede adjuntar el documento que acredite ser beneficiario o beneficiaria de una pensión de incapacidad permanente de grado total o de gran invalidez, o bien, cuándo sea oportuno, el correspondiente certificado de las clases pasivas que tienen reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

2. Padre, madre o tutor/a trabajando en el mismo centro
Baremo: 10 puntos
No se tiene que aportar documentación. El mismo centro hace la comprobación.

3. Formar parte de una familia numerosa
Baremo: 10 puntos
Para acreditar este criterio, esta información se validará mediante consultas interadministrativas cuando se haga la solicitud de preinscripción. Sólo cuando no sea posible validarlo para que se trate de títulos emitidos por otras comunidades autónomas, habrá que presentar el carnet de familia numerosa o el de familia monoparental.

4. Formar parte de una familia monoparental
Baremo: 10 puntos
Para acreditar este criterio, esta información se validará mediante consultas interadministrativas cuando se haga la solicitud de preinscripción. Sólo cuando no sea posible validarlo para que se trate de títulos emitidos por otras comunidades autónomas, habrá que presentar el carnet de familia numerosa o el de familia monoparental.

5. Si el alumno/a ha nacido en un parto múltiple
Baremo: 10 puntos
Para acreditarlo se tiene que aportar el Certificado electrónico de la inscripción de nacimiento, libro de familia u otros documentos equivalentes.


6. Si el alumno se encuentra en situación de acogimiento familiar
Baremo: 10 puntos
Para acreditarlo se tiene que aportar la resolución de acogimiento del Departamento de Derechos Sociales.

7. Si la familia tiene la condición de víctima de violencia de género o terrorismo
Baremo: 10 puntos
Para acreditarlo se tiene que aportar, en el primer caso, la sentencia de cualquier orden jurisdiccional, la orden de protección viviente o el informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Para el segundo caso, el certificado que emite la Subdirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior.

Fuera de plazo

El proceso de preinscripción para el curso 2024-2025 se hará exclusivamente de forma telemática a través de un formulario que se encuentra a la página web preinscripcio.gencat.cat donde también está toda la información necesaria para hacer el trámite.

Se puede acceder mediante un ordenador, una mesilla táctil o un teléfono móvil.

Impresos asociados

Guía centros educativos L'H

  • DECRETO 11/2021, de 16 de febrero, de la programación de la oferta educativa y del procedimiento de admisión en los centros del Servicio de Educación de Cataluña.
  • RESOLUCIÓN EDU/465/2024, de 22 de febrero, por la cual se apruevan las normas de preinscripción y matrícula de alumnos a los centros del Servicio de Educación de Cataluña y otros centros educativos, en los diversos estudios sufragados con fondos públicos, para el curso 2024-2025.
No es necesaria la resolución por parte de un órgano administrativo

En las fechas indicadas en el calendario, los centros publican en la web las diversas listas de resultados (la Oficina Municipal de Escolarización publicará las correspondientes de los centros de todo el municipio) que, de acuerdo con la normativa de protección de datos, estarán anonimizadas.

Se puede consultar la información y resultados de la propia solicitud a las diversas listas que se publican en línea durante el proceso de preinscripción mediante la web preinscripcio.gencat.cat. Para hacerlo se necesita:

  • El código de la solicitud. Cuando se pueda hacer la consulta se recibirá un mensaje con este código a la dirección electrónica que se ha indicado a la solicitud (si no absorbe el mensaje, mirad el correo basura).
  • El número del documento de identificación personal (DNI, NIE o pasaporte) del tutor o tutora que se ha indicado a la solicitud como referente para hacer las consultas.
Listas de solicitudes con la puntuación provisional (17 abril 2024)

En estas listas encontrará las solicitudes de preinscripción ordenadas alfabéticamente con la información sobre la puntuación que ha recibido cada solicitud al aplicar el baremo.

Presentación de Reclamaciones (del 17 en 22 abril 2024)

Desde la consulta individual de resultados o desde la web preinscripcio.gencat.cat, se encontrará un enlace con un formulario donde se tiene que explicar la divergencia y adjuntar la documentación que la soporte.

Listas de solicitudes con la puntuación una vez resueltas las reclamaciones (25 abril 2024)

Una vez resueltas las reclamaciones, las listas se vuelven a publicar con la puntuación de cada una y el número aleatorio asignado a cada solicitud (sirve para la ordenación en caso de empate).

Sorteo público (30 abril 2024)

El sorteo público determina el número a partir del cual se ordenan las solicitudes que tienen la misma puntuación. Este número es el que se ha asignado aleatoriamente en el momento de presentar la solicitud.

A los hermanos que piden plaza en el mismo centro, enseñanza y nivel, si lo hacen constar en la solicitud, se los asigna el mismo número de desempate.

Listas con las solicitudes ordenadas (NO SON TODAVÍA LAS DE ASIGNACIÓN) (2 mayo 2024)

Las solicitudes se ordenan según los criterios de prioridad, la puntuación definitiva y el número de desempate.

Ampliación de petición de centros para las solicitudes de alumnado con necesidades educativas específique derivadas de situación socioeconómicas desfavorecidas que no han obtenido ninguna asignación (asignación de oficio) (del 14 al 15 de mayo 2024)

Las solicitudes de alumnado NEEB de P3, 1r.ESO y las que hayan marcado la casilla plaza de oficio, en caso que l Departamento de Educación comunicará por correo electrónico en las que no se los puede asignar ninguna de las peticiones formuladas. Estas familias podrán ampliar las peticiones de la solicitud de preinscripción, hasta un máximo de 5, en el marco de las vacantes existentes

Ampliación de petición de centros para las solicitudes que no han obtenido ninguna asignación (asignación de oficio) (del 29 al 31 de mayo 2024)

Las solicitudes de P3, 1r.ESO y las que hayan marcado la casilla plaza de oficio, en caso que l Departamento de Educación comunicará por correo electrónico en las que no se los puede asignar ninguna de las peticiones formuladas. Estas familias podrán ampliar las peticiones de la solicitud de preinscripción, hasta un máximo de 5, en el marco de las vacantes existentes. En todo caso asigna una plaza de oficio si no es posible atender ninguna de las peticiones o no se escoge ninguno.

Listas con la asignación de plazas y listas de espera (10 junio 2024)

Cada centro publica la lista de alumnos admitidos al centro y la lista de alumnos que se han preinscrito, pero que tienen otro centro asignado. Si el centro no ha podido atender todas las solicitudes, también publica la lista de espera.

La lista de espera está formada por todas las solicitudes que han pedido el centro en primera opción o posteriores, siempre que no tengan asignada una petición de orden anterior (por lo tanto, priorizada por el solicitante). La lista se ordena por orden de petición, la puntuación definitiva y el número de desempate.

Hasta el 4 de septiembre de 2024 si en un centro que tiene lista de espera se produce alguna vacante, ésta se tiene que ofrecer a los alumnos que han pedido aquel centro en primera opción (o posteriores) y no se los ha asignado ya un centro pedido con prioridad; quien reciba la oferta puede matricularse en el centro o renunciar y, en este caso, se lo elimina de la lista de espera y la plaza vacante se ofrece al siguiente de la lista. La gestión de estas listas de espera es responsabilidad del centro.

Matrícula

Los alumnos admitidos tienen que formalizar la matrícula en las fechas que se detallan en el calendario. Los alumnos que no lo hacen en el periodo establecido se considera que renuncian a la plaza adjudicada, a menos que sea por causas justificadas.

Para todas las enseñanzas de esta convocatoria: Del 18 al 26 de junio 2024