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Consentimiento para la notificación electrónica a personas físicas

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas determina que las notificaciones se tienen que practicar preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado esté obligado a recibirlas por esta vía.

A través de este trámite las personas físicas pueden autorizar o revocar el consentimiento para la notificación electrónica y comunicar o modificar los datos de correo electrónico (y  además , opcionalmente, de teléfono móbil) para recibir el aviso de puesta a disposición de la notificación electrónica.

Este consentimiento será efectivo para recibir avisos de las notificaciones producidas en trámites iniciados de oficio, por parte del Ayuntamiento. En las notificaciones que tengan que ver con trámites iniciados a instancia de parte, por parte de la persona solicitante, se gestionarán los avisos en función del medio de contacto indicado en aquel procedimiento.

Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .

  1. Pulse sobre el botón Tramitar on-line.
  2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
  3. Rellene el formulario que se abrirá.
  4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
  5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.

Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

Tramitar on-line

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sin resolución de órgano

Aunque el consentimiento se da de forma general, la notificación electrónica se utilizará sólo en aquellos procedimientos y trámites que tecnológicamente estén adaptados y hayan integrado esta vía de comunicación.

Los datos comunicados quedan grabados automáticamente y, por tanto, con esta solicitud queda finalizado el trámite.