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Cambio de titularidad del derecho funerario (mortis causa)

Cambio de titularidad de una sepultura por defunción de la persona titular.

La persona sucesora o la que tenga derechos legítimos y directos sobre el derecho funerario.

El plazo legal de resolución es de 3 meses desde la fecha de registro de la solicitud.
Transcurrido el plazo legal sin que el ayuntamiento haya notificado ninguna resolución, la petición se entenderá desestimada.

Puede aportar la documentación necesaria en la oficina indicada a continuación solicitando cita previa.

Tarifa según las ordenanzas fiscales municipales vigentes.
Pago de tasas. La Oficina del Cementerio facilitará el documento de autoliquidación durante la tramitación.
Teniente de Alcalde o Concejal/a del área

El departamento gestor se pondrá en contacto con vosotros para continuar con la tramitación facilitando la hoja de autoliquidación de la tasa correspondiente