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Baja por defunción en el Padrón Municipal de Habitantes

Comunicación al Padrón Municipal de Habitantes de la defunción de un/a ciudadano/a que consta inscrito/a en L'Hospitalet.

  • Persona mayor de edad empadronada en la misma vivienda donde consta inscrito el difunto.
  • Persona mayor de edad que manifieste relación de parentesco con el difunto.

  • La persona difunta tiene que constar inscrita en el Padrón Municipal de Habitantes de la ciudad..
  • La defunción tiene que acreditarse con el certificado de defunción expedido por el Registro Civil.

Cuando se produce la defunción de uno/a ciudadano/a empadronado/a en este municipio.

Presente la documentación necesaria en la oficina indicada.

Documentación necesaria

Documentos acreditativos de la identidad del/la solicitante:

  • Ciudadanos con nacionalidad española: DNI o pasaporte.
  • Ciudadanos extranjeros de un país miembro de la Unión Europea, de otros estados miembros del Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein) y de Suiza (en virtud del acuerdo de Luxemburgo): documento de identidad del país de origen o del pasaporte.
  • Ciudadanos extranjeros no comunitarios: tarjeta de residencia o pasaporte.
Documentos acreditativos de la defunción:
  • Certificado de defunción del Registro Civil.

  • Ley 7/1985 de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local.
  • Ley 4/96 de 10 de enero por la que se modifica la Ley 7/1985 de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local en relación al Padrón Municipal en su última redacción.
  • Ley Municipal y de régimen local de Cataluña aprobada por el Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre por el cual se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio.
  • Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
  • Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
  • Resolución de 17 de noviembre de 2005 de la Subsecretaría por la cual se dispone la publicación de la Resolución del INE y la Dirección General para la Administración Local por la cual se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la revisión anual del Padrón Municipal y sobre el procedimiento de obtención de la propuesta de cifras oficiales de población.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
  • Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD).
Teniente de Alcalde o Concejal/a del área

El certificado de defunción se obtiene en las oficinas del Registro Civil del lugar donde se ha producido la defunción.

Para cualquier duda relacionada con la realización de este trámite utilice la opción Contactar de nuestra web y nos pondremos en contacto con usted para darle respuesta.