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Renuncia de la titularidad de una sepultura

Renuncia de los derechos sobre los nichos revirtiendo la titularidad al Ayuntamiento.

La persona titular del derecho funerario.

  • El derecho funerario tiene que constar a nombre de una persona particular, no de una familia o colectivo. En caso de que queréis adecuar la situación del derecho funerario tenéis que seguir las instrucciones del trámite correspondiente enlazado al final de esta página.

Podéis aportar la documenació necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

Instancia en papel

Solicitud

Documentación necesaria

  • Instancia general.
  • DNI de la persona solicitante.
  • Documento de la titularidad del derecho funerario
  • Impreso de transferencia bancaria
  • Autorización del traslado de restos, si hay (se dará en la oficina del cementerio durante la tramitación).

Impresos asociados

  • El Ajuntament abonará el 50% del valor actual del nicho.
  • Las fotocopias se compulsarán con la presentación de los originales.
  • La solicitud inicial se hará a la Oficina de Atención Ciudadana o a las concejalías de distrito.

El departamento gestor se pondrá en contacto con vosotros para continuar con la tramitación. Tendréis que aportar los originales de la siguiente documentación:

  • Documento de titularidad del derecho funerario, que será sustituido por el nueve.
  • Impreso de transferencia bancaria rellenado.
  • En la oficina del departamento gestor autorizaréis al traslado de restos, si hay.
Una vez hecha toda la tramitación se os abonará el 50% del valor actual del nicho al número de cuenta facilitado al impreso de transferencia bancaria.