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Bonificación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) relacionada con actividades de industria cultural y/o creativa

Solicitud de la bonificación fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) establecida en las ordenanzas fiscales vigentes y relacionada con inmuebles donde se realizan actividades de industria cultural y/o creativa en L'Hospitalet.

En L'Hospitalet puede encontrar el Distrito Cultural, que es una nueva área de industrias creativas, un espacio urbano de experimentación y de innovación en el que la cultura es el elemento promotor y protagonista, y las artes, la cultura, el conocimiento y la creatividad los ejes principales. El Distrito Cultural está enmarcado en las confluencias de la Avda. del Carrilet, Avda. Vilanova, Trav. Industrial y Avda. de la Fabregada.

Puede consultar más información sobre el Distrito Cultural en la página web https://districtecultural.l-h.cat

Todas las personas físicas y jurídicas que sean sujetos pasivos de IBI y que en sus inmuebles se desarrollen actividades de industria cultural y/o creativa.

  • Tener la propiedad de un inmueble donde se desarrolla una actividad que dispone de licencia municipal para llevar a cabo actividades de industria cultural y/o creativa.

Puede aportar la documentación necesaria en cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente. Puede consultar los puntos de registro en www.l-h.cat/oficinasregistro

Documentación necesaria

  • Solicitud de bonificación del IBI en el distrito cultural.
  • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte del sujeto pasivo del impuesto (original y fotocopia o fotocopia compulsada).
  • Último recibo pagado del IBI (original y fotocopia o fotocopia compulsada).
  • El documento contractual o legal que acredite la relación entre el sujeto pasivo y la persona física o jurídica que realice la actividad (original y fotocopia o fotocopia compulsada).

Impresos asociados

Solicitud de bonificación del IBI en el distrito cultural

Se tramita un expediente en el Pleno municipal para declarar que a la persona solicitante se le puede reconocer que las actividades que se desarrollan en el inmueble de su propiedad pueden o no ser declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias culturales o histórico-artísticas que justifiquen esta declaración.

Si en el Pleno municipal se acepta su petición se le aplicará una bonificación del 95% sobre el impuesto.