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Inscripción al censo electoral de ciudadanos/se de países con acuerdo para las elecciones municipales del 28 de mayo del 2023

Inscripción al censo electoral de residentes en España (CERE) que, sin haber adquirido la nacionalidad española, son ciudadanos de países con los cuales España ha firmado acuerdos para las elecciones municipales del 28 de mayo del 2023. Este censo es específico para este proceso electoral.

Para facilitar la solicitud de inscripción, la Oficina del Censo Electoral (OCE) enviará un impreso a los extranjeros residentes en España que reúnan las condiciones establecidas en el apartado de 'Requerimientos', con los datos personales y de residencia, junto con la Clave de tramitación telemática (CTT).

Ciudadanos/as de países no comunitarios y mayores de edad el día de la votación, con los que España ha firmado convenios de reciprocidad: Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Trinidat y Tobago.

La persona tiene que:
  • Ser mayor de edad el día de la votación, o cumplir los 18 años aquel día y no estar privada del derecho de sufragio activo.
  • Estar empadronada en L'Hospitalet.
  • Estar en posesión de la autorización de residencia en España.
  • Haber residido legalmente en España cinco años en el momento de la solicitud (a las personas de Noruega se les exigen 3 años de residencia legal en el momento de la votación y a las del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte se les exigen 3 años de residencia legal en el momento de la solicitud).

Desde el 1 de diciembre del 2022 hasta el 15 de enero del 2023.
Esta inscripción es válida exclusivamente para este proceso electoral.

Las personas interesadas tendrán que marcar la opción de manifestación de voluntad de voto accediendo al trámite 'Inscripción en el censo electoral de Extranjeros Residentes en España de ciudadanos nacionales de países con Acuerdos' de la Sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE) (https://sede.ine.gob.es/cere), acreditar su identidad mediante cualquiera de las siguientes formas:
  • Mediante el sistema cl@ve (siempre que la Oficina del Censo Electoral disponga de su número de inscripción en el Registro Central de Extranjeros), o
  • Pareja de claves: clave de tramitación telemática (CTT) remitida por correo postal y Número de identificación de extranjero (NIE).

Fuera de plazo

Presente la documentación necesaria en cualquiera de las oficinas indicadas.

Documentación necesaria

Rellene el formulario que se le facilitará en las oficinas indicadas y aporte, según el caso:
  • Tarjeta de residencia vigente (original y fotocopia). Las personas de Islandia, Noruega y Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte podrán acreditar su identidad, también con su documento de identidad vigente o pasaporte vigente de su país de origen si realizaron su inscripción en el Padrón municipal antes del 1 de enero de 2021.

No es necesaria la resolución por parte de un órgano administrativo

Podrá también hacer el trámite por correo postal si ha recibido el impreso enviado por la OCE con sus datos de empadronamiento y la clave de tramitación telemática (CTT), la cual tendrá que rellenar y firmar y podrá enviarlo por correo postal a la Delegación Provincial de la OCE correspondiente, sin franqueo.

Llegará a su domicilio de empadronamiento su inscripción en el censo y, posteriormente, la tarjeta censal donde se indicará el lugar de votación.