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Derecho de portabilidad de datos personales

Derecho de la persona interesada que dará lugar a recibir sus datos, que nos facilitó (incluidas las que se deriven de la actividad), en un formato estructurado, de uso común y de lectura mecánica, o bien, en caso de que sea técnicamente posible, la transmisión en un formato estructurado, de uso común y de lectura mecánica, de sus datos directamente al responsable del tratamiento en el cual se quiere transmitir los datos (Artículo 20 del RGPD).

La persona afectada u otra que la represente en nombre suyo.

El Responsable del tratamiento (el Ayuntamiento), respecto de su solicitud, tiene que resolver y notificar en el plazo de un mes desde su recepción, por lo cual se comunicará al interesado si se atiende su solicitud o bien el motivo por el cual la portabilidad no se considera procedente. En este mismo plazo se contestará a su solicitud, aunque no tratemos sus datos.

En caso de que se considere que el plazo de resolución se tiene que ampliar, también se informará al interesado sobre los motivos de la dilación y las actuaciones realizadas para responder su solicitud.

Si no se atiende esta solicitud de portabilidad, Usted tiene derecho a interponer la reclamación oportuna a la Autoridad Catalana de Protección de Datos para iniciar el procedimiento de tutela de los derechos, de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 32/2010, del 1 de octubre de la Autoridad Catalana de Protección de Datos.

Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .

  1. Pulse sobre el botón Tramitar on-line.
  2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
  3. Rellene el formulario que se abrirá.
  4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
  5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.

Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

Tramitar on-line

Podéis aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

Instancia en papel

Solicitud

Documentación necesaria

  • Instancia específica, indicando de forma clara y detallada una de las siguientes opciones:
1. Recibir los datos personales facilitados (incluidas las que deriven de la actividad con esta administración)
2. En Caso de que sea técnicamente posible, la transmisión al responsable del tratamiento identificado (tenéis que indicar los datos del responsable al cual se quiere transmitir los datos)
  • Dni, tarjeta de residencia o pasaporte

  • Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD).
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de 2018, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).
  • Ley 32/2010, del 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos.

El Artículo 20 del RGPD dice:

"Artículo 20. Derecho a la portabilidad de los datos

1. El interesado tiene derecho a recibir, en un formato estructurado, de uso común y de lectura mecánica, los datos personales que lo afectan y que ha facilitado a un responsable del tratamiento. Tiene derecho a transmitirlos a otro responsable, sin que lo impida el responsable al cual las había facilitado, cuando:

a) El tratamiento está basado en el consentimiento, de acuerdo con el artículo 6, apartado 1, letra a), con el artículo 9, apartado 2, letra a), o en un contrato conforme al artículo 6, apartado 1, letra b).
b) El tratamiento se efectúa por medios automatizados.
2. Al ejercer su derecho a la portabilidad de los datos de acuerdo con el apartado 1, el interesado tiene derecho que los datos personales se transmitan directamente de responsable a responsable, cuándo sea técnicamente posible.
3. El ejercicio del derecho mencionado en el apartado 1 de este artículo se entiende sin perjuicio del artículo 17. Este derecho no se aplica al tratamiento necesario para cumplir una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
4. El derecho mencionado al apartado 1 no tiene que afectar negativamente a los derechos y las libertades de los otros".


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