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Exención del pago de la plusvalía

Solicitud para quedar exento del pago del impuesto sobre el incremento del valor del terreno de naturaleza urbana.

Según se indica al ordenanza fiscal vigente, están exentos de este impuesto los incrementos de valor que se manifiesten como consecuencia de:

  • Transmisiones de derechos de servidumbre y/o de conjuntos historicoartísticos.
  • Cuando la obligación de satisfacer el importe recaiga sobre el estado, las comunidades autónomas, las entidades locales, las instituciones benéficas, las entidades gestoras de la Seguridad Social, la Cruz Roja u otros.
  • Cuando la obligación legal de satisfacer este impuesto recaiga sobre una entidad sin fines lucrativos.