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Alegaciones o recursos a multas de civismo

El trámite permite presentar un recurso o alegación a una multa impuesta por el Ayuntamiento de L'Hospitalet por una infracción de civismo (de acuerdo con la Ordenanza del civismo y la convivencia) dentro del periodo voluntario de pago.

En cualquier momento del procedimiento sancionador, y hasta un mes después de la notificación de la resolución de la sanción, podéis solicitar la sustitución del pago de una sanción de civismo por trabajo comunitario, trámite enlazado al final de esta página.

La persona denunciada o su representante debidamente acreditado.

En caso de actuar a la persona representante, si no está inscrita en LO REPRESENTA, hace falta que aportéis la documentación que os acredita como representante para hacer el trámite. Si os queréis inscribir lo podéis hacer en la dirección siguiente: https://www.l-h.cat/representa

Las alegaciones se pueden presentar en un plazo no superior a 10 días hábiles contados a partir del siguiente día hábil de la notificación del inicio del procedimiento o de la propuesta de resolución.

El recurso de reposición se puede presentar hasta un mes contado a partir del siguiente día hábil de la notificación de la sanción.

En todo caso, se puede presentar recurso dentro de los plazos que se indican a la notificación o a la normativa aplicable.
Todo el procedimiento tiene un periodo de resolución de entre 2 y 6 meses.

Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .

  1. Pulse sobre el botón Tramitar on-line.
  2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
  3. Rellene el formulario que se abrirá.
  4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
  5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.

Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

Tramitar on-line

Podéis aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente. Podéis consultar los puntos de registro a www.l-h.cat/oficinesregistre

Instancia en papel

Solicitud

Documentación necesaria

  • Instancia general, especificando:
    • Número de expediente sancionador
    • Fecha y lugar de la denuncia
    • Alegaciones
    • Concreción de la solicitud
  • Documentación que justifique las alegaciones y/o propuesta de pruebas que consideráis conveniente.
  • En el caso de representación, aportad una autorización expresa por escrito y firmada por la persona solicitando, acompañada de una fotocopia de su documento de identidad y de la persona autorizada.

Ordenanza del civismo y la convivencia

  • Decreto 278/1993, de 9 de noviembre, sobre procedimiento sancionador de aplicación en los ámbitos de competencia de la Generalitat.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
Teniente de Alcalde o Concejal/a del área

Preguntas frecuentes:

  • No he recibido la notificación de la denuncia:
    • En el caso de notificaciones por correo, se deja un aviso en el buzón para retirar la notificación en un plazo determinado a la oficina notificadora de la dirección indicada al aviso. Si no es recogida, nos es devuelta y se publica en el Butlletí Oficial de l'Estat (BOE).
  • ¿Cuándo recibiré la carta de pago?
    • Una vez esté notificado el inicio del procedimiento de sanción donde se explicará el motivo de la sanción y el importe a pagar, tendrá un tiempo para poder solicitar reducciones sobre el importe de la multa. En este momento se enviará al domicilio la carta de pago y las indicaciones para poder hacerlo.
  • ¿Qué reducciones sobre el importe de la multa puedo pedir?:
    • Se pueden aplicar las reducciones en el periodo de autoliquidación, antes de la resolución final del expediente (tienes un plazo concreto). Se pueden comunicar las siguientes reducciones, aplicables alternativa o de forma acumulativa según el artículo 85 de la LPAC:
      • 20% por el reconocimiento voluntario de la responsabilidad.
      • y/o 20% por el pago voluntario de la sanción (es el periodo de autoliquidación indicado a la carta de pago)
    • Ambas antes de la resolución final del expediente.
    • Para pedir estas reducciones tienes que hacerlo por el trámite específico que tenemos en la sede electrónica: Bonificación en el pago voluntario de sanciones de civismo.
  • ¿ Puedo sustituir la sanción por la realización de trabajos voluntarios para la comunidad?
    • Se puede solicitar dentro del plazo de un mes a contar desde el día hábil siguiente a la notificación de la resolución final del procedimiento sancionador.
    • Se puede comunicar la sustitución de la sanción por trabajos voluntarios para la comunidad o por tareas socioeducativas, de acuerdo con el artículo 126 del OMCivis, siempre que:
      • Haya reconocimiento voluntario de la responsabilidad.
      • La persona infractora haya reparado el daño material ocasionado (si pega). La sustitución no es posible en caso de conductas reiteradas o reincidentes, ni cuando la persona infractora sea una persona jurídica.
      • Lo puedes solicitar a través del trámite específico que tenemos en la sede electrónica: Sustitución del pago de una sanción de civismo por trabajo comunitario.
  • ¿ Se ha puesto una multa a toda la unidad de convivencia de mi domicilio, tenemos que pagar todos?
    • En caso de una denuncia por ruidos en el domicilio en que no se haya abierto la puerta, se pondrá una sanción en cada uno de los miembros de la unidad de convivencia y tendrán que pagar todos los notificados.
    • Pero si un miembro reconoce la responsabilidad como único infractor, puede solicitar la autoliquidación y el pago voluntario de la sanción y el resto de miembros de la unidad quedarán exentos del pago.
    • Este reconocimiento se puede hacer a partir del trámite de Bonificación en el pago voluntario de sanciones de civismo donde puede acogerse a la bonificación de reducción por asumir la responsabilidad de los hechos y a la reducción para pagarlo en el plazo indicado (hasta un 40% de reducción sobre la multa)
    • De todas maneras será el asesor jurídico del departamento quien dictamine si se acepta o no la autoría de los hechos por parte de la persona que se autoinculpa.
  • ¿ Dónde puedo hacer la consulta sobre la notificación de la carta de pago?
  • ¿ Puedo pedir el fraccionamiento?
    • Si, tienes que dirigirte a en la Oficina de Gestión Tributaria de la Diputación:
      ORGT - diputación de Barcelona. 
  • ¿ Una vez he pagado la multa, tengo que presentar el justificante de pago en algún lugar?
    • No hace falta presentar ninguno justificante.

Alegación

  • Si en las alegaciones formuladas o en la documentación aportada figuran datos nuevos o diferentes de las que constan en el expediente, y siempre que se ame necesario para el instructor, se harán llegar al agente de la autoridad a fin de que informe al respecto.
  • Acabada la instrucción del procedimiento, el órgano instructor hará una propuesta de resolución, amando las alegaciones o bien continuando con la sanción.
  • Esta resolución se notifica a la persona interesada.

Recurso

  • El recurso se remite a la Asesoría jurídica del Área, que informará sobre la estimación o no de las alegaciones del recurrente.