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Denuncias de infracciones urbanísticas

Realizar la denuncia de una ilegalidad urbanística.

Cualquier persona interesada.

6 meses desde la incoación del expediente

Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .

  1. Pulse sobre el botón Tramitar on-line.
  2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
  3. Rellene el formulario que se abrirá.
  4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
  5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.

Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

Tramitar on-line

Presentad al registro de entrada la documentación necesaria indicando la ilegalidad urbanística.

Instancia en papel

Solicitud

Documentación necesaria

- Instancia general (2 copias), puede ir acompañada de croquis y fotografías.

  • Plan General Metropolitano (PGM) aprobado definitivamente el 14/7/76 y publicado en el BOP al 19/7/76. Se puede consultar en la web del Área Metropolitana de Barcelona
  • Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo, modificado por la ley 3/2012, del 22 de febrero.
  • Ordenanzas metropolitanas de Edificación.
  • Ley 18/2007, del 28 de diciembre, del derecho en la vivienda.
Junta de gobierno local

La denuncia podrá determinar la incoacció de un expediente de protección de la legalidad urbanística que comporte la adopción de todas las medidas con el fin de restaurarla (órdenes de suspensión, requerimientos de legalización, obras de derribo, reconstrucción e incoación de procedimiento sancionador).

La tramitación del expediente comporta el pago de la tasa correspondiente a cargo del responsable de la infracción urbanística.

En los casos de obras en curso con riesgo inminente para las personas o bienes y fuera del horario de 8.30 en 13.30h de lunes a viernes (no festivo) se tendrá que comunicar a la Guardia Urbana para que actúe el servicio de emergencias técnicas y sociales.