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Solicitud de informe previo en materia de incendios

Es el trámite administrativo por el que se solicita el informe en materia de prevención de incencios con anterioridad a la presentación de la comunicación previa de una actividad considerada de riesgo importante en materia de incendios, cuando ésta esté incluida en los anexos 1 ó 2 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero.

La persona física o jurídica que quiere ejercer una o diversas actividades en un mismo centro o establecimiento, o su representante legal. En este caso se tiene que declarar la representación con la que se actúa.

En caso de actuar la persona representante, si no está inscrita en el REPRESENTA, tendrá que aportar la documentación que le acredite como representante para hacer el trámite. Si quiere inscribirse lo puede hacer en la siguiente dirección: https://www.l-h.cat/representa

Previamente al inicio de la actividad y de la presentación de la correspondiente comunicación previa.
El plazo para resolver la petición de informe por parte del órgano de la Generalitat es de dos meses desde que entra la petición hasta que se emite el informe.
Transcurrido el plazo legal sin que el ayuntamiento haya notificado ninguna resolución, la petición se entenderá estimada.

Presente la documentación que se menciona a continuación en la oficina indicada.

Documentación necesaria

  1. Modelo de instancia general (2 copias) indicando en el apartado de exposición de hechos los datos del establecimiento o actividad:
  2. DNI, NIE o tarjeta de identificación fiscal de la persona titular (fotocopia).
  3. En las solicitudes a nombre de una persona jurídica: escritura de constitución de la sociedad, poderes y DNI del representante (fotocopia).
    Si la persona que se presenta en estas dependencias no es la representante de la sociedad, tendrá que aportar una autorización de esta persona para gestionar los trámites.
  4. Declaración acreditativa de representación y declaración responsable con respecto a la persona representante de la sociedad (original).
  5. Declaración responsable de técnico competente si el proyecto no está visado (original).
  6. Formulario SP01 de portada de la documentación técnica. En formato papel firmado (original) y en soporte informático (Documento firmado escaneado en formato PDF. Vea el apartado "Más información" para conocer las características de los archivos digitales).
  7. Formulario SP02 de declaración de coincidencia entre el soporte electrónico y el soporte papel. En formato papel firmado por el técnico competente redactor del proyecto y por el representante del establecimiento, actividad, infraestructura o edificio (original) y en soporte informático (Documento firmado escaneado y en formato PDF. Vea el apartado "Más información" para conocer las características de los archivos digitales).
  8. Proyecto técnico descriptivo y justificativo del cumplimiento de la reglamentación técnica aplicable en materia de incendios. En formato papel (original) y soporte informático (Vea el apartado "Más información" para conocer las características de los archivos digitales).
En el momento de entregar la documentación se emitirá la tasa de pago de acuerdo con la ordenanza fiscal. Esta tasa se tendrá que abonar dentro del periodo voluntario en cualquiera de las entidades colaboradoras del Ayuntamiento de L'Hospitalet (indicadas en el dorso de la autoliquidación).

Impresos asociados

Recuerde que tiene que justificar el cumplimiento de la normativa de aplicación de prevención y seguridad en materia de incendios, de las instrucciones técnicas complementarias publicadas por la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos, de las normas técnicas de ámbito estatal o europeo (normas UNE, UNE EN ...) y de las guías técnicas que sean de aplicación en prevención y seguridad en materia de incendios.

Con respecto a la documentación en soporte digital (pendrive, CD ...) hace falta que tenga en cuenta que cada documento tiene que ser un archivo independiente, el número de archivos no puede ser superior a 10 y el tamaño máximo de cada uno no puede superar los 10 MB. El nombre de los archivos que contienen la hoja inicial y el certificado de coincidencia tienen que ser, estrictamente, SP01 y SP02, sin añadir más nombres.

En la web de interior puede encontrar más información y descargarse los formularios: http://www20.gencat.cat/portal/site/interior

Posteriormente a la obtención del informe favorable, se tendrá que realizar el acto de comprobación en materia de incendios y proceder a efectuar la comunicación previa correspondiente.