MÁS INFORMACIÓN
Recuerde que tiene que justificar el cumplimiento de la normativa de aplicación de prevención y seguridad en materia de incendios, de las instrucciones técnicas complementarias publicadas por la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos, de las normas técnicas de ámbito estatal o europeo (normas UNE, UNE EN ...) y de las guías técnicas que sean de aplicación en prevención y seguridad en materia de incendios.
Con respecto a la documentación en soporte digital (pendrive, CD ...) hace falta que tenga en cuenta que cada documento tiene que ser un archivo independiente, el número de archivos no puede ser superior a 10 y el tamaño máximo de cada uno no puede superar los 10 MB. El nombre de los archivos que contienen la hoja inicial y el certificado de coincidencia tienen que ser, estrictamente, SP01 y SP02, sin añadir más nombres.
En la web de interior puede encontrar más información y descargarse los formularios:
http://www20.gencat.cat/portal/site/interior. EFECTO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO
Transcurrido el plazo legal sin que el ayuntamiento haya notificado ninguna resolución, la petición se entenderá estimada.
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