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Comunicación previa de obras

Mediante la comunicación previa, la persona interesada pone en conocimiento del Ayuntamiento, los hechos y documentación necesaria con carácter previo al inicio o modificación de todas aquellas obras y actuaciones urbanísticas susceptibles de control municipal.

Abres sujetos al régimen de comunicación previa .

  1. Obras en el interior de viviendas o locales con modificación de distribución, sin afectación estructural.
  2. Colocación de puertas y persianas, rejas y barandas metálicas.
  3. Colocación de toldos visibles desde la vía pública en planta baja de las edificaciones.
  4. Colocación de letreros, banderolas y anuncios luminosos.
  5. Ejecución de cata, pozo y sondeo de exploración.
  6. Realización de trabajos de nivelación de terrenos que no alteren en algún punto, en más de un metro, ni tengan trascendencia para la medición de la altura reguladora del edificio.
  7. Colocación de vallas en solares y terrenos.
  8. Pintura y reparación de fachadas, claraboyas y cubiertas, obras en paredes medianeras y de reparación de patios u otros elementos comunes.
  9. Instalación de andamios, puentes, grúas y similares (en general medios auxiliares relacionados con intervenciones del edificio que les requieran: fachadas, instalación bajantes, conductas de ventilación, pintado...) sin ocupación de la vía pública.
  10. Instalación de antenas y de aparatos de aire acondicionado en las cubiertas y terrados de edificios que puedan afectar elementos comunes. En este caso, será necesaria la autorización de la comunidad de propietarios afectada.
  11. Instalaciones de bajantes, chimeneas o similares que sean o pasen por espacios comunes del edificio.
  12. Construcción de rampas en el interior del edificio.
  13. Las instalaciones de producción de energía eléctrica mediante paneles solares fotovoltaicos, siempre y cuando no afecten en la estructura.
  14. Todas aquellas obras no previstas expresamente en los anteriores párrafos, pero asimilables en cuanto a entidad y naturaleza.
  15. Obras derivadas de órdenes de ejecución y de restauración de la legalidad urbanística asimilables en cuanto a entidad y naturaleza a las recogidas en los párrafos anteriores.

Excepciones a la tramitación mediante comunicación previa .
Se tramitarán por el régimen de licencia, las obras que estén afectadas por los condicionantes siguientes:

  1. Las obras interiores y exteriores de los edificios y conjuntos incluidos en el Plan especial de protección del patrimonio artístico (PEPPA).
  2. Las construcciones e instalaciones que estén en situación de fuera de ordenación, las cuales, únicamente se podrá autorizar pequeñas reparaciones ordinarias que exijan la salubridad pública, la seguridad de las personas o la buena conservación de las construcciones e instalaciones.
  3. Las obras que afecten a elementos estructurales del edificio, en aplicación del artículo 128 del Ordenanza metropolitana de edificación vigente.
  4. Las obras que comporten afección del espacio público.
  5. Los usos provisionales en fincas afectadas por el planeamiento urbanístico. La licencia comportará el compromiso de cesión, de derribo y reposición al finalizar el plazo autorizado en la licencia.

La persona titular de la obra/actividad, o quien actúe en su representación, debidamente acreditada, y en el caso de personas jurídicas su representante legal. En este caso se tiene que aportar documento que acredite la representación.

En caso de actuar a la persona representante, si no está inscrita en EL REPRESENTA, hace falta que aportéis la documentación que os acredita como representante para hacer el trámite. Si os queréis inscribir lo podéis hacer en la dirección siguiente: https://www.l-h.cat/representa

Este trámite no está sujeto a resolución
Las comunicaciones previas de obras presentadas de acuerdo con lo que establece la normativa vigente, son eficaces desde su entrada en el registro municipal, momento a partir del cual se pueden iniciar las obras.
La presentación de la comunicación faculta a la Administración para verificar, inspeccionar y controlar las obras comunicadas. En caso de deficiencias a la documentación presentada, el Ayuntamiento requerirá para su subsanación en el plazo legalmente establecido.

Instrucciones sobre la documentación a aportar
Los ficheros han de tener formato PDF y estar firmados electrónicamente. El proyecto técnico tiene que ir con marcadores de contenido (ver descargable) y siguiendo los siguientes criterios. El peso máximo del total de documentos a presentar es de 48 MB. Es necesario optimizar los documentos pdf para reducir al máximo su peso. Consultad cómo hacerlo en las páginas de ayuda de la web de Adobe .

Documentación general

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Proyecto y/o documentación técnicaObligatorioTelemático y presencialDescarregar
Asume técnico de obraObligatorioTelemático y presencialDescarregar
Declaración responsable técnico régimen de tramitaciónObligatorioTelemático y presencialDescarregar
Declaración jurada contratistaObligatorioTelemático y presencialDescarregar
Autorización de representaciónObligatorioTelemático y presencialDescarregar

Instalación de bastidas, puentes, grúas y similares (medios auxiliares necesarios para intervenciones del edificio que se requieran: fachadas, bajantes...) sin ocupación de la V.P.

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Asume técnico de bastida o medio auxiliarObligatorioTelemático y presencialDescarregar

Grúas

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Acuerdo favorable AESAOpcionalTelemático y presencial
Asume control, buen funcionamiento y seguridadOpcionalTelemático y presencial
Certificado a efecte tramitaciónOpcionalTelemático y presencial
Certificado empresa instaladora de la instalación y perfecto estado de funcionamientoOpcionalTelemático y presencial
Póliza del seguroOpcionalTelemático y presencial
Llegenda
Tipo de documentación a aportar
  • Opcional
  • Obligatorio
Presentació
  • Presencial
  • Telemático
  • Ambas

La documentación anexa a la solicitud se aportará en apoyo electrónico , con las siguientes características:

  • Planos en versión editable y en versión pdf con firma digital
  • Resta de documentación en versión pdf con firma digital (un archivo por cada documento.

Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .

  1. Pulse sobre el botón Tramitar on-line.
  2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
  3. Rellene el formulario que se abrirá.
  4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
  5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.

Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

Tramitar on-line

La documentación anexa a la solicitud se aportará en apoyo electrónico , con las siguientes características:

  • Planos en versión editable y en versión pdf con firma digital
  • Resta de documentación en versión pdf con firma digital (un archivo por cada documento)
Presentad la documentación necesaria en la oficina indicada.

Instancia en papel

Solicitud

  • Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo.
  • Decreto 64/2014, de 13 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento sobre protección de la legalidad urbanística
Según las ordenanzas fiscales vigentes. https://seuelectronica.l-h.cat/186948_1.aspx?id=1
Teniente de Alcalde o Concejal/a del área

La comunicación previa tiene los efectos previstos a la normativa sobre procedimiento administrativo común desde el momento en qué tiene entrada al Registro General de este ayuntamiento, en formato imprimido o electrónico, y faculta a los servicios técnicos municipales para ejercer las funciones de verificación de la documentación presentada, inspección y comprobación de los hechos comunicados.

La inexactitud, falsedad una omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que acompañe o se incorpore a una comunicación previa, o la no presentación de ésta delante del Ayuntamiento, determinará la imposibilidad de continuar con la ejecución de la obra afectada desde el momento en que se tenga constancia de los hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que puedan corresponder.

Sin embargo, la resolución del Ayuntamiento que declare tales circunstancias, podrá determinar la obligación del interesado de restituir la realidad física o jurídica al momento previo al inicio de las obras.

Las deficiencias que se detecten por los servicios municipales en la comunicación previa y en la documentación presentada, serán comunicadas a la persona interesada, para que en el plazo máximo de diez días proceda a su enmienda.

En caso de no enmendar las deficiencias comunicadas en el plazo señalado, se tendrá a la persona interesada por desistit/da de su petición, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Preguntas Frecuentes

  • ¿ Necesito un permiso para hacer cualquier obra en casa?
Sí. Por regla general, cualquier actuación que hagas en casa requiere algún tipo de trámite con el Ayuntamiento. La ventaja es que, dependiendo de si la obra es pequeña o grande, el trámite puede ser muy sencillo (como una declaración responsable de obras) e inmediato (como una comunicación previa de obras) o requerir más tiempo y documentación (como una licencia de obras).
  • ¿ Qué es una "declaración responsable de obras" y para qué sirve?
Es el trámite más rápido y sencillo. Sirve para obras de mantenimiento o reparación que no modifican la estructura del edificio, ni la distribución interior, ni el aspecto exteriores del edificio.
Ejemplos prácticos donde sólo necesitas una declaración responsable de obras:
. Pintar el interior del piso.
. Cambiar el pavimento o enladrillar paredes.
. Renovar los muebles de la cocina.
. Cambiar la bañera por un plato de ducha.
  • ¿ Si quiero derribar un tabique para hacer el comedor mayor?
En este caso, ya no sirve la declaración responsable de obras. Como cambias la distribución interior de la vivienda (sin tocar muros de carga ni la estructura del edificio), necesitas presentar una Comunicación Previa de Obras.
Este trámite requiere aportar un poco más de documentación, realizada por técnico competente como planos y memoria de la actuación, pero también es un procedimiento ágil.
Ejemplos prácticos donde sólo necesitas una comunicación previa:
. Modificar distribución interior de un piso o local sin afectar a la estructura.
. Rehabilitar fachadas, patios interiores y cubiertas de un edificio.
. Cambiar el uso de un local / edificio a otro uso de lo que sea vivienda
  • ¿ Cuando me habrá que pedir una "Licencia de Obras"?
Necesitarás una licencia formal para las obras grandes y complejas que requieren de la autorización municipal. Este trámite es más largo porque el Ayuntamiento tiene que revisar el proyecto antes de darte permiso para empezar. Hay de dos tipos, Obras Menores y Obras Mayores. Lo necesitarás en casos como:

Obras Menores
  • Rehabilitar fachada con andamio ocupando la acera.
  • Tocar elementos estructurales (muros de carga, pilares, vigas).
  • Derribar un edificio.
Obras Mayores
  • Ampliar el espacio de la vivienda o cerrar balcones (si la normativa lo permite).
  • Construir una casa o edificio de nueva planta.
  • Cambiar el uso de un local comercial para hacer una vivienda.
  • ¿ Como puedo hacer estos trámites con el Ayuntamiento?
La vía más recomendable, rápida y disponible 24 horas, los 7 días de la semana, los 365 días al año, es hacerlo telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento del Hospitalet, utilizando un certificado digital como el idCAT Móvil o Cl@ve. Si lo prefieres, también te puedes dirigir presencialmente a las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC), pero recuerda pedir cita previa, preferiblemente.
  • ¿ Puedo empezar la obra el mismo día que presento los papeles?
Declaración Responsable de obras y Comunicación Previa: Sí. Al tratarse de trámites comunicativos, una vez presentados y registrados correctamente, puedes empezar las obras bajo tu responsabilidad.
Licencia de Obras: No. Tienes que esperar que el Ayuntamiento revise el proyecto técnico y te otorgue oficialmente la licencia por escrito antes de empezar a trabajar.
  • ¿ Cuánto cuesta sacar el permiso de obras?
El coste depende del tipo de trámite y del presupuesto de tu reforma. Generalmente, se abonan dos conceptos:
. La Tasa administrativa por la tramitación del expediente.
. El ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras), que se calcula aplicando un porcentaje sobre el presupuesto total de ejecución material de la obra.