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Comunicación de una sugerencia a la Síndica de Greuges de L'Hospitalet

Puede realizar cualquier observación o demanda ciudadana relativa a la mejora de los servicios de la administración municipal.

Las personas físicas con vecindad administrativa en el municipio, y las personas jurídicas con domicilio social en el mismo; así como las personas físicas y jurídicas que a pesar de no tener la condición de vecinas o domiciliadas, acrediten ser usuarias de los servicios municipales a los que se refiera la sugerencia.

La resolución de la Síndica que dispone la calificación y la admisión a trámite se comunicará a la persona interesada, en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar del siguiente a la presentación de la sugerencia, haciendo constar el órgano responsable de su resolución y la indicación que en el plazo máximo de tres meses, a contar desde la fecha de la presentación, le será comunicada la resolución.

Este plazo máximo podrá ser prorrogado de manera motivada, en atención al órgano que tramita el procedimiento, por la Síndica o la Presidencia de la Comisión, y se comunicará a la persona interesada.

AVISO!

Durante el horario especial de Navidad, tal y como se indica en el documento adjunto en la ficha informativa de la Oficina de soporte a los Órganos de Defensa de la Ciudadanía (Síndica de Greuges y Comisión de Sugerencias y Reclamaciones) enlazada al final de esta página, los ciudadanos y las ciudadanas podrán presentar sus escritos de reclamaciones, agravios, quejas y sugerencias en el registro municipal y/o en la sede electrónica, teniendo en cuenta que se declaran inhábiles, a los efectos de cómputo de inicio y finalización de los plazos de tramitación de los procedimientos, del 20 de diciembre de 2019 al 6 de enero de 2020, ambos incluidos,

Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .

  1. Pulse sobre el botón Tramitar on-line.
  2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
  3. Rellene el formulario que se abrirá.
  4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
  5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.

Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

Tramitar on-line

Puede aportar la documentación necesaria en cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente. Puede consultar los puntos de registro en www.l-h.cat/oficinasregistro

Documentación necesaria

  • Instancia general que tendrá que contener de manera concreta la sugerencia que se formula haciendo constar todos aquellos datos y acompañando, en su caso, toda aquella documentación que permita un mejor conocimiento del asunto.
  • Autorización de uso y comunicación de datos para tramitar la defensa de la ciudadanía.

Impresos asociados

  • Las sugerencias tramitadas de conformidad con lo que prevé el presente reglamento, en ningún caso tienen la consideración de recurso administrativo ni de reclamación económico administrativa.
  • La presentación del escrito no suspenderá ni interrumpirá, en ningún caso, los plazos establecidos por la legislación vigente para al inicio, la tramitación y la resolución de otros procedimientos administrativos.
  • La presentación de sugerencias no condicionará ni impedirá el ejercicio de aquellas acciones o derechos, que de conformidad con la normativa vigente, corresponde ejercer a las personas interesadas.
  • Las resoluciones que dicte la Síndica de Greuges o la Comisión en la tramitación de las sugerencias tienen la calificación de informes de carácter no vinculante y no serán susceptibles de recurso ni administrativos ni jurisdiccionales

La presentación de una sugerencia, dará lugar a la apertura de un expediente que se iniciará con la resolución de calificación por la Síndica, en la que se determinará sobre su admisión a trámite y la procedencia de la apertura del subsiguiente expediente informativo.

En el trámite de calificación se podrá rechazar motivadamente la sugerencia, cuando del examen del escrito presentado se concluya que no se encuentra dentro del ámbito de las competencias de los Órganos de Defensa de la Ciudadanía.

Si se admite a trámite, se instruirá el procedimiento y si es necesario se le puede requerir más información para continuar con la tramitación del procedimiento iniciado.

El/la President/a de la Comisión efectuará una propuesta de actuación que se someterá a la aprobación de la Comisión, que resolverá en el transcurso de una sesión.

Los Órganos de Defensa de la Ciudadanía resolverán la sugerencia y recibirá su notificación.