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Subvenciones para el pago del alquiler o precio de cesión de vivienda o habitación para personas que tienen 65 años o más

Se trata de una subvención para el pago del alquiler para facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda o habitación en régimen de alquiler a personas en riesgo de exclusión sociales que tengan 65 años o más a fecha 31/01/2026

Podéis consultar la Resolución TER/899/2026, de 19 de marzo , por la cual se abre la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia pública competitiva, de las subvenciones para el pago del alquiler o precio de cesión de vivienda o habitación para el año 2026 para personas que tengan 65 años o más.

Tener la residencia legal en Cataluña, tener una edad de 65 años o más a fecha 31/01/2026 y ser titular de un contrato de alquiler o de cesión de uso de la vivienda o de habitación que sea su domicilio habitual y permanente. Hay que estar empadronado.

  • Ser mayor de 65 años y/o, tener dificultades por hacer la tramitación digital.
  • Ser familia vulmerable y estar en contacto con Serveis Sociales de su distrito.

El plazo de presentación de solicitudes se inicia el 31 de marzo de 2026 en las 09:00h y finaliza el 30 de abril de 2026 en las 14:00h.

Disponer de un certificado digital admitido como certificados reconocido como puede ser el IdCat móvil (DNI, TIE y tarjeta sanitaria), IdCat Certificat o CLAVE PIN (DNI, residentes comunitarios con NIE o pasaporte), FNMT, T-CAT, Camerfirma, etc.

Tenéis que ir a www.gencat.cat/habitatge en el apartado de 'Ayudas y subvenciones en el pago del alquiler' y tendréis que seguir las instrucciones que allí se especifican, al trámite de 'Subvenciones por el pago del alquiler'

Fuera de plazo

La atención será en la Oficina Municipal de La Vivienda con cita previa sólo para las personas mayores de 65 años, las familias con dificultades por acceder a la tramitación digital y las familias vulnerables que ya tengan contacto con Servicios Sociales de su distrito.

Podéis aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente. Podéis consultar los puntos de registro a www.l-h.cat/oficinesregistre

Documentación necesaria

  • Solicitud rellenada y firmada por la persona solicitando.
  • Documentos de identidad de los convivents.
  • Contrato de alquiler completo.
  • Recibos de alquiler 2026 abonados hasta la fecha de presentación.
  • Hoja sepa o certificado de titularidad bancaria de la persona solicitando.
  • Certificado de discapacidad (si pega).

Impresos asociados

  • Resolución TER/899/2026, de 19 de marzo, por la cual se abre la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia pública competitiva, de las subvenciones para el pago del alquiler o precio de cesión de vivienda o habitación para el año 2026 para personas que tengan 65 años o más (Ref. BDNS 895378)
No es necesaria la resolución por parte de un órgano administrativo