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Baja de la tarjeta de armas de aire o gas comprimido

Petición de la baja de unas o más armas en vuestra tarjeta de armas por los siguientes motivos:

  • venta del arma
  • cesión del arma
  • proceder a la destrucción del arma.

Personas físicas titulares de una tarjeta de armas y que hayan vendido, cedido o procedido a la destrucción de uno arma.

El plazo legal para resolver es de 3 meses desde la fecha de registro de la solicitud.
El plazo mínimo de tramitación por parte del departamento gestor es de 1 mes.
Transcurrido el plazo legal sin que el ayuntamiento haya notificado ninguna resolución, la petición se entenderá desestimada.

Documentación general

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
DNI, tarjeta de residencia o pasaporte en vigorObligatorioTelemático y presencial
Autorización a menores de edad para el uso de armas, acompañada del documento de identidad de la persona menor de edad y de la persona que autoriza (en caso de menores de edad)ObligatorioTelemático y presencialDescarregar

En caso de obtención, además:

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Factura del armaObligatorioTelemático y presencial
Declaración jurada, en caso de pérdida de la factura del armaObligatorioTelemático y presencialDescarregar

En caso de baja, además:

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Contrato donde se incluyan los datos del arma, así como de la persona cedente y la cesionaria, en caso de compraventa o cesiónObligatorioTelemático y presencial
Documento de depósito del arma expedido por la Guardia Civil, en caso de destrucciónObligatorioTelemático y presencial

En caso de renovacion, además:

DescripciónTipoPresentaciónDescarga
Antigua tarjeta del armaObligatorioTelemático y presencial
Llegenda
Tipo de documentación a aportar
  • Opcional
  • Obligatorio
Presentació
  • Presencial
  • Telemático
  • Ambas

Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .

  1. Pulse sobre el botón Tramitar on-line.
  2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
  3. Rellene el formulario que se abrirá.
  4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
  5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.

Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

Tramitar on-line

Podéis aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

Instancia en papel

Solicitud

  • Artículo 105 del Real Decreto 173/93, de 29 de enero, por el cual se aprueba el Reglamento de Armas.
  • Orden Int/2860/2012, de 27 de diciembre, por la cual se determina el régimen aplicable a ciertas armas utilizables en las actividades lúdicoesportives de airsoft y paintball.
Teniente de Alcalde o Concejal/a del área

Una vez tramitada la tarjeta de armas os trucarán en el teléfono facilitado a la instancia para pasar a recogerla.

Si no podéis ir a recoger la tarjeta podéis autorizar a otra persona que tendrá que aportar una autorización expresa y firmada, acompañada de la fotocopia del documento de identidad de ambas.